Radio Taxi Córdoba, apercibida por la Agencia Española de Protección de Datos

Actualizado: lunes, 18 junio 2012 20:22

CÓRDOBA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado, con fecha del pasado 31 de mayo, una resolución de apercibimiento contra Radio Taxi Córdoba, "por infringir el artículo 5.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)", como consecuencia de que, en mayo de 2011, la organización de consumidores Facua-Córdoba presentó una denuncia en nombre de una asociada que supuestamente se encontraba sancionada por la entidad, por lo que se le negó el servicio del taxi. Esta denuncia derivó en una inspección.

Según ha informado Facua, la AEPD entiende como hecho probado que los datos personales de la afectada se hallaban incluidos en una base de datos de Radio Taxi Córdoba y dicha entidad "no acreditó que dispusiera de un sistema que, ante la llamada telefónica en la que se solicita el servicio del taxi y los datos para su prestación, se informase de los extremos que el artículo cinco de la LOPD preceptúa".

Radio Taxi Córdoba, según Facua, "aportó grabaciones en las que se informaba a los clientes, en una alocución, de la grabación y finalidad de la recogida de datos y sede ante la que ejercitar los correspondientes derechos". Sin embargo, los servicios de inspección de la AEPD constataron posteriormente, "mediante llamadas realizadas a la emisora, en diferentes días y horas, que solo en una de las ocho llamadas realizadas se informó de que se iba a grabar, no indicándose a qué efectos, mientras que en las otras siete restantes no llega a comenzar ni siquiera ninguna locución".

Además también deja en claro la resolución, que no se ha acreditado "que, tras el acuerdo de audiencia al apercibimiento de fecha 24 de abril, la denunciada haya corregido la conducta infractora".

En consecuencia, la agencia ha requerido a la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto-Taxi de Córdoba que acredite, en el plazo de un mes desde que haya sido notificada la resolución, el cumplimiento de lo previsto en el artículo 5.1 de la LOPD. La Agencia, según Facua, solicita, preferentemente, la aportación de la grabación telefónica y su transcripción, para su posterior verificación mediante llamadas.

Junto a ello, la agencia ha abierto expediente de actuaciones previas, advirtiendo a Radio Taxi Córdoba que, en caso contrario, se procederá a acordar la apertura de un procedimiento sancionador.

Ante todo ello, Facua Córdoba ha dicho lamentar que, "después de casi dos años y tras la sanción de 103.488 euros impuesta por las listas negras a la Asociación Provincial de Trabajadores Autónomos de Auto-Taxi de Córdoba", todavía "no se hayan adoptado las medidas necesarias para garantizar los derechos de los usuarios cuando se solicita telefónicamente un taxi". Por eso, la organización de consumidores ha criticado "que los taxistas puedan ser nuevamente sancionados por una administración al mantener una actitud indiferente".