Condenado a seis años por distribuir desde Almería pornografía infantil, de la que poseía casi 10.000 archivos

Archivo - Sede del TSJA en Granada.
Archivo - Sede del TSJA en Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 21 noviembre 2025 13:45

ALMERÍA 21 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado seis años de prisión para un hombre de Roquetas de Mar (Almería) por distribuir pornografía infantil después de que fuera hallado en posesión de casi 10.000 vídeos y fotografías en los que aparecían menores de corta edad e incluso bebés de pocos meses sometidos a prácticas sexuales.

Fue a través de una operación de la Unidad Central de Ciberdelincuencia de Policía Nacional derivada de una denuncia formulada por el Centro de Coordinación Nacional de Menores Explotados de Canadá cuando se tuvo constancia de que había una persona que distribuía pornografía infantil a otros usuarios mediante aplicaciones como Skype y Google Photos.

El operativo, según recoge la sentencia del TSJA, identificó al sospechoso como un hombre residente en Roquetas de Mar, quien desde su IP compartió el 2 de septiembre de 2021 un total de 15 archivos de vídeo en los que aparecían menores de edad desnudos y ejecutando actos de naturaleza sexual.

A través de otras direcciones telemáticas y una aplicación de imágenes, el acusado también compartió el 9 de noviembre de ese mismo año 196 archivos con menores que sufrían abusos sexuales por parte de adultos o entre sí.

En la entrada y registro en el domicilio del acusado se incautaron de varios dispositivos que le servían para descargarse, almacenar y compartir con otros usuarios los documentos. En concreto, se incautaron de dos discos duros con 5.047 y 4.050 archivos pedófilos cada uno y un teléfono móvil con 493 fotos y vídeos de la misma naturaleza.

Además de la pena privativa de libertad, el TSJA ratifica la inhabilitación especial del acusado para cualquier profesión, oficio o actividades que con lleven el contacto regular y directo con personas menores de edad por tiempo superior de 13 años y pago de costas, así como seis años de libertad vigilada.

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