CADIZ 4 Abr. (EUROPA PRESS) -
Los juzgados de lo Penal remitieron el pasado viernes a la Audiencia Provincial el expediente correspondiente al recurso de apelación interpuesto por el alcalde de El Puerto de Santa María (Cádiz), Hernán Díaz (Independientes Portuenses --IP-), contra la sentencia que lo condena a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación, que ha recaído en la Sección Cuarta.
Según señalaron a Europa Press fuentes del caso, el expediente del recurso de apelación que presentó en su momento Hernán Díaz a la sentencia que lo inhabilitaba fue recogido hoy por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial. Asimismo, la fuente informante indicó que la parte apelante "ha pedido vista", aunque será la Audiencia quien decida, ya que "no es obligatorio".
El alcalde portuense fue condenado el pasado mes de noviembre por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Cádiz a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público como autor de un delito de prevaricación en el nombramiento del subinspector de Policía en el año 1995.
Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, "existe un gran reconocimiento de los hechos por parte del acusado, que admite la práctica totalidad de los mismos, aunque realiza matizaciones acerca de su consciencia y voluntariedad". Hay que recordar que Díaz manifestó el día del juicio (24 de octubre) que "nadie", ni el secretario ni el interventor del Ayuntamiento, le advirtió de la irregularidad.
Además, la sentencia desestima la petición de indemnización del querellante, Luis Fuentes, ya que el nombramiento de otro subinspector "en modo alguno ha podido repercutir causalmente en la esfera patrimonial o personal del querellante".
La sentencia viene dada después de que el alcalde portuense fuera demandado en 1998 por Luis Fuentes, que el 23 de febrero de 1993, tras haber estado cuatro años de excedencia como Policía Local para prestar servicio en la Policía Nacional, pidió el reingreso en el cuerpo Local, a lo que el alcalde le contestó que no era posible en ese momento al no existir vacante en la categoría suya (funcionario de carrera Grupo A, Oficial de Policía) ni ninguna otra categoría superior.
Además, el primer edil añadió que tan pronto como se creara una plaza de Oficial o Subinspección se atendería la petición, "lo que no supondría más que cumplir con la legislación vigente".
Así, el 4 de febrero de 1994 el querellante reitera su petición de reingreso, "a lo que no accede el alcalde diciendo que no hay vacante de Oficial ni ninguna otra perteneciente a la Escala Técnica". Finalmente, el 1 de agosto de 1995, mediante acuerdo del Ayuntamiento de El Puerto, se crea una nueva plaza en la Escala Técnica, de Subinspección, que "tras una serie de conversaciones" pasa a ser desempeñada interinamente desde el 19 de septiembre de 1995 por José Díaz Otero.
Según contempla la sentencia en los antecedentes de hecho, el alcalde "era conocedor de la ilegalidad y la situación intenta ampararla dando publicidad (12 de febrero de 1997) a unas bases para el nombramiento interino de Subinspector, sin atender a la petición de ingreso del querellante". Una convocatoria que está impugnada en vía contencioso administrativa.
A raíz de estos hechos, el querellante comenzó un proceso judicial a base de recursos administrativos y demandas que ha acabado con la condena de inhabilitación de siete años al alcalde por un delito de prevaricación.