La jueza de Cádiz mantiene a la Junta como responsable subsidiaria en la causa por fraccionamiento de contratos del SAS

Archivo - Imagen de un Juzgado de Instrucción de Cádiz. (Foto de archivo).
Archivo - Imagen de un Juzgado de Instrucción de Cádiz. (Foto de archivo). - PODEMOS ANDALUCÍA - Archivo
Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 15 mayo 2025 17:32

SEVILLA 15 May. (EUROPA PRESS) -

La jueza Rosa María García Jover, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Cádiz, se ratifica en mantener el nuevo rol procesal que la Junta de Andalucía solicitó tener en las diligencias previas abiertas por el fraccionamiento de contratos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en esta provincia, que pasó a ser de responsable civil subsidiaria después de que inicialmente pidiera serlo como perjudicado, como acordó el 2 de abril.

En auto de este miércoles, día 14, responde a un escrito de reforma de Podemos Andalucía, partido que propició con su denuncia el inicio de esta causa, al esgrimir la situación vivida con la comparecencia como investigado del director de la Central de Compras del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en Cádiz, Demetrio González, de quien ha sostenido que en su comparecencia del 30 de abril "se negó a declarar", así como que "no justificó porque se procedió a la prórroga de los contratos o a la realización de contratos menores".

Con este razonamiento jurídico la jueza infiere que ante "el carácter embrionario de la investigación la posición del SAS como responsable civil subsidiario es del todo punto ajustada a derecho".

En este mismo auto también responde a otro escrito de reforma por parte de la representación del SAS, contrario a la personación de Podemos Andalucía como acusación popular, ante el cual sostiene que "el derecho a la tutela judicial efectiva quedaría sin efecto si se exigiera de forma estricta los requisitos formales".

Prosigue explicando García Jover sobre los argumentos de la Junta que "el defecto detectado es subsanable" y hace prevalecer frente a ello que la denuncia de Podemos Andalucía "ha puesto de manifiesto unos hechos de relevancia penal", de los que considera que son susceptibles "de investigación, a efectos de determinar las personas responsables y recabar cuantas pruebas se estime necesarias".

La jueza da a las partes un plazo de cinco días para que presenten un recurso de apelación a este auto.

En el auto de 3 de abril García Jover se ratificó, a partir de "la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la doctrina constitucional", en el rol de Podemos como acusación popular sin presentación de querella y sin depositar fianza al indicar que "si la causa penal ya está iniciada, como es el caso, para la personación de cualquier ciudadano o entidad como acusación popular no se exigirá la presentación de querella que se sigue por denuncia de la víctima".

Tras responder a un escrito de acusación del Ministerio Fiscal, consideró que "no parece razonable la prestación de una fianza, cuya razón de ser resulta cuando es el medio de iniciación de un procedimiento penal a fin, entre otros aspectos, de evitar acusaciones infundadas, lo que ya se ha superado con creces al estar la causa pendiente de juicio oral".

 

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