Junta tramita la resolución del contrato para la construcción del edificio de radioterapia del Hospital de Jerez

Actualizado: sábado, 10 octubre 2009 13:11

CÁDIZ, 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Secretaría General del Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha iniciado el expediente para la resolución del contrato para la ejecución de las obras de construcción del edificio de radioterapia y docente el Hospital General de Jerez de la Frontera (Cádiz), al incurrir el contratista en "varios incumplimientos", como el plazo de ejecución del contrato y "el abandono de las obras".

Según la información publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), consultado por Europa Press, el SAS formalizó un contrato con la Unión Temporal de Empresas (UTE) Gadiconsa, S.A.-Tecysu, S.L.-Ingeniería Digital Eléctrica, S.L., para la ejecución de las citadas obras. El importe del contrato ascendía de 4.333.914 euros, siendo de 24 meses el plazo de ejecución.

Para responder del cumplimiento de este contrato, se constituyó a favor del SAS una garantía definitiva por importe de 173.356 euros, que la UTE acreditó mediante resguardo de la Caja Central de Depoósito de la Consejería de Economía y Hacienda. El 9 de enero de 2008 se firmó el acta de comprobación de replanteo previo de las obras y se autorizó el inicio de las mismas.

INCIDENCIAS E INSOLVENCIA "INMINENTE"

Según la resolución publicada en el BOJA, la dirección facultativa de las obras presentó un informe en enero de 2009 en el que daba cuenta de una serie de hechos, como la "falta de previsión para la ejecución de estas obras y, en consecuencia, la ausencia de personal para la realización de las mismas".

Esto dio pie a "paralizaciones parciales" de forma "casi continua", originando un "claro incumplimiento" del programa de trabajo, con un retraso acumulado de "cuatro meses" sobre el plazo previsto, lo que generó otro "incumplimiento de las previsiones económicas" establecidas en el contrato. Según el informe, estos incumplimientos fueron "sistemáticamente desatendidos por parte de la UTE".

Un mes más tarde, el gerente de la UTE solicitó por escrito la paralización de las obras ante la "imposibilidad de ejecutar los elementos posteados de la estructura", lo que impedía la continuación de los trabajos y, en consecuencia, del resto de la obra.

En la misma fecha, el gerente presentó otro escrito comunicando que ante la "crisis" que atraviesa la sociedad Gadiconsa, de la que él mismo también es gerente, se vieron obligados a presentar en el Juzgado de lo Mercantil de Sevilla concurso voluntario de acreedores por encontrarse en situación de "insolvencia inminente". Asimismo, indicó la imposibilidad de pagar las nóminas al personal, que dejaría de personarse en las obras.

FALTA DE FUNDAMENTOS

Sin embargo, el informe del responsable del servicio de proyectos y obras puso de manifiesto la "falta de fundamentos" de la solicitud planteada por el gerente de la UTE, puesto que en noviembre de 2008 mantuvieron una reunión para clarificar la situación sobre la ejecución del posteado y resolver dudas, que "quedaron aclaradas" y la empresa "no tenía ningún impedimento".

En cuanto al concurso voluntario de acreedores, significó la necesidad de requerir a la UTE para que adoptase "de forma inmediata" las medidas necesarias de seguridad y vigilancia y se procediera al reinicio de los trabajos.

En base a los incumplimientos precedentes, el SAS reclamó a la UTE que reanudase las obras "con carácter inmediato", advirtiéndole que adoptaría las medidas legales pertinentes en caso contrario. Días más tarde, la UTE volvió justificar la paralización de las obras con las "dificultades existentes" por la situación de Gadicon, en concurso de acreedores desde el 3 de marzo.

INICIO DEL EXPEDIENTE

Ya el 26 de mayo, la dirección facultativa de las obras emitió un informe sobre su desarrollo y que recogía todas las incidencias registradas, destacando que se encontraban "completamente paralizadas" desde el 22 de enero de 2009. Por ello, el Servicio de Proyectos y Obras solicitó que se iniciase el expediente de resolución del contrato.

Finalmente, según publica el BOJA en su edición de ayer, la Administración concluyó que el incumplimiento de los plazos y el abandono de la obra se establecían en el contrato como causa de destrucción del mismo, por lo que se inicia el expediente para su resolución.

Además, al tratarse de un "incumplimiento culpable" del contratista, le será incautada la garantía y deberá, asimismo, indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.