Absueltos de prevaricación y acoso el exalcalde y exconcejal de Seguridad Ciudadana de Almonte (Huelva)

Archivo - El exalcalde de Almonte (Huelva), José Antonio Domínguez Iglesias.
Archivo - El exalcalde de Almonte (Huelva), José Antonio Domínguez Iglesias. - EUROPA PRESS/PP - Archivo
Publicado: martes, 19 octubre 2021 16:29

HUELVA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 2 de Huelva ha absuelto al exalcalde de Almonte José Antonio Domínguez Iglesias (PP) y al exconcejal de Seguridad Ciudadana, José Carlos Curto del Arco (PP) de los delitos de prevaricación, nombramiento ilegal de cargo público, contra la integridad moral y lesiones tras la denuncia que les interpuso la inspectora jefa de la Policía Local, Francisca Borrero.

Según recoge la sentencia, adelantada por el diario 'Huelva Información' y a la que ha tenido acceso Europa Press, "se declara no acreditada actuación de los acusados en los que concurran los elementos de los tipos penales imputados, por lo que procede un pronunciamiento absolutorio" para Curto y Domínguez.

Tras las elecciones municipales de 2011, el PP se alzó con el mando en el Ayuntamiento almonteño tras décadas de gobierno socialista. En el mes de mayo de 2012 la inspectora jefa y el cuadro de mandos de la Policía Local de Almonte ya venían denunciando "una situación de inestabilidad" en el funcionamiento de la Policía, y solicitaban intervención del alcalde.

El 14 de mayo la inspectora jefa denunció en escrito dirigido al alcalde que "desde septiembre de 2011 sufría la indiferencia y acoso profesional, moral y personal de los concejales de Seguridad Ciudadana y del alcalde". Un día después, el entonces alcalde dictó un decreto
aprobando una nueva estructura organizativa de la Policía Local, se hizo una división de competencias con otro profesional y se les asignaron a Borrero otras.

Al conocer el nuevo decreto, la inspectora jefa "lo estimó, además de ilegal, como un claro ataque a su integridad psíquica, moral y profesional", interpuso contra el mismo los recursos pertinentes y acudió en septiembre de 2014 al Juzgado Contencioso Administrativo, el cual dictó sentencia anulando la resolución de alcaldía.

De hecho, el TSJA confirmó la sentencia de primera Instancia, y en abril de 2015 el acusado Juan Antonio Domínguez, en el ejercicio de sus funciones de alcalde, dictó decreto declarando que procedía el cumplimiento en su integridad de la resolución judicial, dejando sin efecto, en consecuencia, la división de competencias entre dos responsables en la Policía Local de 2012.

Por su parte, la sentencia explica que "el alcalde acusado no había designado a la inspectora, pero aunque la hubiera designado, estaba legitimado, en el ejercicio de su cargo, para cesar y sustituir a la Inspectora Jefa al frente de la Policía Local, dada la ya mencionada naturaleza del cargo: puesto de confianza".

Añade que "no se aprecian razones que justifiquen que tal resolución anulada pueda ser calificada como arbitraria, ni caprichosa, ni que tuviera como finalidad perjudicar a la acusadora".

En definitiva, entre otros argumentos, tras recordar los distintos acontecimientos en este largo proceso, indica que los hechos denunciados "carecen de relevancia jurídico penal", remarcando que estaba el proceso contencioso-administrativo sobre la cuestión.

Finalmente, el juzgado señala que "la actuación fundamental y exclusiva acreditada de los acusados se concreta en haber adoptado decisiones y resoluciones en el ejercicio de sus competencias,
sobre los extremos y con la finalidad ya indicados, y haber actuado en consecuencia".

Leer más acerca de: