Huelva.-Costas ejecutará la sentencia contra Fertiberia cuando tenga notificación oficial, pese al recurso de la empresa

Actualizado: jueves, 20 septiembre 2007 14:31

HUELVA, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

El director general de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, José Fernández Pérez, anunció hoy que ejecutará la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó el recurso que la empresa Fertiberia interpuso contra el Ministerio de Medio Ambiente y la organización ecologista Adena el 27 de noviembre de 2003 sobre la caducidad de la concesión administrativa para depositar fosfoyesos en las marismas del Tinto, cuando tenga notificación oficial de la misma y pese al recurso presentado por la empresa.

En declaraciones a los periodistas antes de participar en el II Encuentro de Ciudades frente al Mar, Fernández Pérez resaltó que, aunque hay conocimiento de esta sentencia que se hizo pública el pasado 12 de julio, la Dirección de Costas "no ha tenido notificación de la misma", por lo que indicó que, "una vez que se estudie, quedará establecer los plazos para que se cumpla".

En este sentido, apostó por establecer unos plazos de ejecución porque "se está hablando de vertidos que hay que tratar con mucho cuidado y hay que procurar que la zona quede medioambientalmente recuperada, de forma que se vele por la salud de la ría y de los ciudadanos".

El director general de Costas defendió, en este punto, que, a pesar de que Fertiberia ha recurrido esta sentencia ante el Supremo, el auto "no deja de ser ejecutivo, por lo que se pondrán en marcha las medidas que sean necesarias para que esta sentencia se cumpla".

La sentencia de la Audiencia Nacional estimó en su sentencia que la autorización con que Fertiberia contaba para depositar fosfoyesos en las Marismas del Tinto "ya no está vigente" y rechaza el argumento esgrimido por Fertiberia, que alegaba que la zona ocupada mediante concesión --la margen derecha del río Tinto conocida como estero de La Anicoba-- "no pertenecía ya al dominio público marítimo terrestre por haber desaparecido su condición de marisma, con lo que carecía de sentido otorgar una concesión para su ocupación".

En este sentido, la Audiencia Nacional concluye que "toda ocupación de dominio público marítimo terrestre estatal está sujeta a previa concesión del Estado, que fija las condiciones de uso" y añade que "la desecación de la marisma es una cuestión ajena a la concesión y al concesionario porque éste no adquiere derecho alguno derivado de esta autorización".