Huelva.- Tribunales.- La Audiencia resolverá este mes el recurso del fiscal a la sentencia contra un ciudadano rumano

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 5 abril 2007 14:11

HUELVA 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Huelva ha fijado para el próximo 17 de abril la vista en la que se analizará el recurso que la Fiscalía interpuso el pasado mes de febrero contra la sentencia absolutoria de I.I., ciudadano rumano para el que pedía tres años y seis meses de prisión por un presunto delito de tráfico ilegal de mano de obra y un año y nueve meses por presunta falsedad en documento oficial.

Fuentes de la Fiscalía informaron a Europa Press de que durante la vista, que se desarrollará en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, el Ministerio Público defenderá y argumentará las razones por las que interpuso el recurso contra la sentencia absolutoria del ciudadano rumano.

Estas mismas fuentes explicaron que el recurso interpuesto por el fiscal se debe a que éste "no está de acuerdo con la calificación jurídica de los hechos realizada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva", y precisaron que el recurso "no tiene nada que ver ni con la absolución dictada contra I.I. ni con su posible intervención en los hechos".

Según indicaron las fuentes, ahora será la Audiencia Provincial de Huelva la que, una vez se celebre la vista el próximo 17 de abril, se encargue de resolver el recurso planteado por el Ministerio Público.

Hay que recordar que el Juzgado de los Penal número 1 de Huelva absolvió a I.I., ciudadano rumano para el que la Fiscalía pedía tres años y seis meses de prisión por un presunto delito de tráfico ilegal de mano de obra en el municipio onubense de Lepe y un año y nueve meses por presunta falsedad en documento oficial.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que I.I., entre principios o mediados de febrero de 2003 y mediados de marzo del mismo año, se encargaba de vigilar, custodiar y transportar a trabajadores rumanos a los que, en concierto con otros individuos, había logrado que fueran contratados como jornaleros agrícolas por J.A.M., representante de la empresa Agromartín, propietaria de la finca Vasco Gil de Lepe.

Según relata la sentencia, y para que fueran contratados estos ciudadanos rumanos, el acusado "u otro individuo" entregaron al empresario fotocopias compulsadas de permisos de residencia y trabajo expedidos a nombre de ciudadanos rumanos, "a fin de otorgar a las referidas personas contratadas como jornaleras la identidad de las personas en cuyo favor la autoridad administrativa española otorgó el permiso de residencia y trabajo".

30 TRABAJADORES RUMANOS EN UN MISMO PISO

El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva ve probado que, una vez que el acusado y resto de individuos con los que se concertó, lograron que la empresa Agromartín contratara como jornaleros a, al menos, 49 ciudadanos rumanos, dicha empresa cedió al acusado el uso gratuito de un piso en Lepe a fin de que pudieran alojarse estos trabajadores.

En este piso, según la sentencia, el acusado y otro individuo con él concertado alojaron a 30 trabajadores rumanos a los que detraían del salario abonado diez euros diarios más 20 euros semanales en cobro por haberles conseguido trabajo y alojamiento, no permitiéndoles que saliesen de la vivienda a su libre voluntad, salvo a una tienda distante a no más de 100 metros y por el tiempo estrictamente necesario para hacer unas compras.

También considera probado que el acusado era el encargado de, diariamente, transportar a los trabajadores rumanos desde esta vivienda hasta el centro de trabajo en una furgoneta "donde viajaban en condiciones incómodas, apiñados y sin las debidas medidas de seguridad".

El salario abonado por el empresario a cada trabajador ascendía a 29,3 euros diarios, cantidad que entregaba al individuo concertado con el acusado, y de la que estos dos últimos extraían las cantidades diarias y semanales anteriormente referidas, entregando el sobrante a cada trabajador.

La sentencia concluye que "la falta de probanza de que los trabajadores rumanos residiesen ilegalmente en España y de que las copias compulsadas de permisos de residencia y trabajo lo sean de documentos previamente alterados en la fotografía y/o huella dactilar que figuran en los documentos originales, conduce a tener que absolver al acusado I.I. de los dos únicos delitos por los que ha sido procesado".

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