Huelva.- Tribunales.- La Audiencia revoca la sentencia de Aracena y condena a Origen Jabugo por "competencia desleal"

Actualizado: martes, 21 febrero 2006 19:33

HUELVA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Huelva ha revocado la sentencia dictada por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Aracena (Huelva) por la que se desestimaba la demanda del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Jamón de Huelva y ha condenado a Origen Jabugo por "competencia desleal".

Según informó Jamón de Huelva en un comunicado remitido a Europa Press, la sentencia declara que constituye "acto de competencia desleal el uso, cesión, explotación y publicidad del término 'origen Jabugo' para distinguir jamones y paletas de cerdo" y añade que condena a la entidad mercantil a "cesar en las conductas que se declaran desleales y a publicar a su costa el contenido del fallo de esta sentencia en diferentes medios de comunicación".

Jamón de Huelva añade que la sentencia destaca que "la confusión lo es especialmente a propósito de la calidad, pues hace aparentar que los productos marcados con Origen Jabugo cuentan con el respaldo de excelencia en que consiste una denominación de origen y en el que confían los compradores".

En este sentido, la Denominación de Origen Jamón de Huelva, a través de su Consejo Regulador, mostró su "satisfacción" por el fallo de la sentencia y por su contenido, por considerar que "deja perfectamente claro que el término 'Origen Jabugo' tiene un efecto evocativo de Denominación de Origen que confunde al consumidor".

Además, subrayó que "la sentencia ha recogido que el interés de este Consejo Regulador, tal y como hemos expresado en reiteradas ocasiones, iba mucho más allá del conflicto concreto entre la Denominación de Origen Jamón de Huelva y una entidad mercantil, ya que es el abstracto de exigir que sólo las verdaderas denominaciones de origen puedan hacerse valer como tales en el mercado".

La Denominación de Origen Jamón de Huelva que ampara y certifica el origen y la calidad de los jamones y las paletas de cerdos ibéricos elaborados en los municipios de la Sierra, recordó que "siempre había entendido que la utilización de la palabra 'origen' confundía al consumidor, criterio que ya es compartido por las sentencias judiciales".

En su momento, el Juzgado Mercantil de Huelva declaró la nulidad de la denominación social de Origen Jabugo, S.L. ordenando la cancelación de la inscripción registral de la citada denominación social, ya que consideró en su sentencia que el uso de 'Origen Jabugo, S.L.' "incumple la Ley de competencia desleal porque provoca confusión en el mercado al beneficiarse de lo que representan las denominaciones de origen".

Una vez más, el Consejo Regulador se ofrece para trabajar conjuntamente por el futuro de todo el sector del ibérico en la Sierra por considerar que la Denominación de Origen "es el instrumento para afrontar los profundos cambios que se están produciendo en el mercado del ibérico".