Sucesos.-El Fallecido de Calañas tenía una tasa de alcohol de 0,75 g/l en sangre cuando murió, según Toxicología

Actualizado: lunes, 9 marzo 2009 20:19

HUELVA, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Instituto Nacional de Toxicología de Sevilla ha emitido un informe en el que muestra que el joven fallecido de Calañas (Huelva), Ramón Cuaresma, cuyo cadáver apareció el pasado 23 de noviembre en un paraje próximo a la localidad, había "ingerido grandes cantidades de alcohol" ya que la tasa registrada fue de 0,75 y 1,04 gramos por litro de sangre (g/l) y de humor vítreo --líquido gelatinoso y transparente que rellena el espacio comprendido entre la retina y el cristalino--, respectivamente, en el momento de su muerte.

Así lo indicó el informe de Toxicología al que Europa Press ha tenido acceso y, según confirmaron a Europa Press fuentes cercanas al caso, la víctima poseía una tasa de alcohol que sobrepasaba la permitida legalmente a los conductores, que es de 0,5 g/l en sangre.

En este sentido, estas fuentes indicaron que el fallecido "había ingerido una cantidad de alcohol importante antes del atropello que podría afectarle en mayor medida, teniendo en cuenta la disminución psíquica que presentaba la víctima".

Estas mismas fuentes precisaron que no entienden "qué hacía esta persona, que tiene una disminución psíquica que es equiparable legalmente a un menor, solo a las 07,30 horas de la mañana, con esta cantidad de alcohol en la sangre y sin ningún control por parte de la familia".

El pasado mes de febrero la juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valverde del Camino (Huelva) denegó la petición de entrada en prisión del presunto homicida del joven de Calañas, cuyo abogado defensor, Rafael Villegas aseguró que la juez dictó su resolución, en la que denegó la entrada en prisión de su cliente por lo que no cambiará la situación personal de éste.

En este sentido, el letrado indicó que el informe de la Fiscalía es "muy significativo" ya que "descarta" que la causa de la muerte fuera "un atropello doloso", señalando que se trata de "un accidente de tráfico".

Del mismo modo, apuntó que el informe alude que la víctima falleció en el acto, por lo que "la manipulación posterior del cadáver no es un hecho delictivo", a lo que añadió que por este motivo, en la actualidad "se encuentra en libertad", tras pagar el pasado 4 de diciembre 6.000 euros de fianza.

RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS

La detención del acusado se llevó a cabo después de que las investigaciones policiales condujeran hasta el citado individuo, las cuales le señalaron como presunto culpable de la muerte del joven, disminuido físico y psíquico, siendo la causa de la muerte un supuesto atropello producido con el vehículo del detenido, ocasionado en una calle próxima al domicilio de la víctima.

Tras el citado accidente, el presunto autor le introdujo en el maletero de su coche y le abandonó en el lugar donde fue encontrado, despojándole de su cartera, que contenía dinero, y una tarjeta de crédito. Unos 12 días después de su muerte, el detenido fue puesto en libertad tras "no confirmarse indicios de homicidio".

El pasado 4 de diciembre, Villegas apuntó que el auto del juez "no tenía confirmados los indicios de homicidio", a lo que añadió que comparte con la defensa que la conducta posterior, "el traslado del cuerpo y el hecho de arrojarlo en el paraje, no es constitutiva de delito", pero apuntó que "sí es un delito la utilización de la tarjeta, aunque es una falta de hurto porque el valor que usó fue inferior a 400 euros".