Imagen de archivo de una piscina - AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA
MÁLAGA 5 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Área de Sostenibilidad Medioambiental del Ayuntamiento de Málaga, a través del Servicio de Vigilancia Sanitaria, Negociado Control de Calidad de Agua, retomará la vigilancia sanitaria en la reapertura de las piscinas de uso público de la ciudad de Málaga tras su cierre por alerta sanitaria.
Las piscinas de uso público, tanto las de titularidad pública como privada serán inspeccionadas para comprobar que se cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente recogida en Real Decreto 742/2013 de 27 de septiembre en el que se establecen los criterios técnico sanitarios de las piscinas, y en el Decreto 485/2019 de 4 de junio que recoge el Reglamento Técnico Sanitarios de las Piscinas de Andalucía.
En esta materia de control de calidad de agua y aire --en el caso de las piscinas cubiertas-- se contempla en las órdenes ministeriales del estado de alarma y los documentos emitidos en este sentido tanto por el gobierno central como el autonómico, Recomendaciones para la apertura de la actividad en las piscinas tras la crisis del COVID-19 del Ministerio de Sanidad, y el publicado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ratifican la normativa vigente.
En ambos documentos, han recordado desde el Ayuntamiento en un comunicado, inciden que el mayor riesgo de contagio asociado a COVID-19 están relacionados con la interacción entre las personas que acudan a estas instalaciones y que se han de extremar las medidas de distanciamiento, limpieza y desinfección, además de seguir cumpliendo todo lo establecido en la legislación vigente específica.
Así, el Ayuntamiento reanudará a partir del próximo 15 de junio las inspecciones de control higiénico-sanitario que se hacen regularmente a piscinas de uso público, ya que actualmente siguen cerradas.
Además, desde el Negociado de Control de Calidad de Agua se ha trasladado a los responsables de las instalaciones deportivas que incluyen piscinas de uso público el documento de la Junta de Andalucía del 9 de mayo sobre recomendaciones de protección de la salud para la apertura de piscinas en Andalucía-COVID-19.
Por otro lado, el negociado de control de agua municipal, atendiendo a la legislación actual, es responsable del procedimiento para regular la apertura de las piscinas de nueva construcción o tras reforma estructural de uso público y las de uso privado correspondientes a comunidades de propietarios a partir de 20 viviendas tras comunicación previa y declaración responsable.
Se tienen registradas más de 300 piscinas de comunidades de propietarios a los que ya han remitido, a través del Colegio de Administradores de Fincas, la Guía de Recomendaciones de Protección de la Salud para la apertura de piscinas en Andalucía-COVID19, editada por la Consejería de Salud y Familias de la Junta.
INSPECCIONES
En relación con las inspecciones en piscinas, han señalado que se realizan análisis 'in situ' del nivel residual de desinfectante, T y del pH del agua, así como de los parámetros de calidad de aire en las cubiertas (humedad relativa, CO2 y T).
Los análisis son llevados a cabo por los inspectores municipales. Se toman muestras de control oficial del agua de los distintos vasos de cada piscina para su posterior análisis en laboratorio y se comprueba el Protocolo de Autocontrol específico de cada piscina y los registros de los autocontroles diarios y periódicos que le corresponde hacer a los titulares de las piscinas como responsables de las instalaciones.
Todas estas actuaciones se realizan con el objetivo de proporcionar un entorno saludable y seguro en las piscinas de Málaga. Cualquier incumplimiento detectado sobre la normativa vigente es motivo de apertura de denuncia de oficio, que puede llegar a expediente sancionador e incluso paralización total o parcial de la instalación.
En las circunstancias actuales, conforme se vayan abriendo al público las piscinas se realizarán las Inspecciones Sanitarias correspondientes, donde se comprobarán el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente y se tendrán también en cuenta los documentos con 'Recomendaciones para la apertura de la actividad en las piscinas tras la crisis del COVID-19', elaborados tanto por el Ministerio de Sanidad, como por la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía.
En dichos documentos se establecen recomendaciones y pautas de seguridad para la apertura de piscinas en Andalucía en la situación de emergencia sanitaria provocada por la expansión del virus causante de la COVID-19, e indican que se han de implantar acciones adicionales en cuanto a aforos restringidos, uso de las instalaciones de la piscina, así como medidas adicionales de limpieza y desinfección.
De igual modo, y según se establece en estas recomendaciones, los titulares de las piscinas deberán extremar la vigilancia de los siguientes parámetros a controlar de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 742/2013 y el Decreto 485/2019 respecto al cloro libre residual, el ph y la turbidez del agua