TSJA anula la licencia de obras por la que se acometieron modificaciones en la cementera de Málaga

Actualizado: miércoles, 18 julio 2012 22:24

MÁLAGA, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede de Málaga, ha estimado el recurso interpuesto por la Asociación de Vecinos 'El Candado' y ha anulado la licencia de obras concedida en 2003 para la modificación de las instalaciones de la cementera de la Araña, como fue la sustitución de los hornos rotatorios actuales por uno nuevo y la ejecución de una torre de precalentamiento de 110 metros de altura, entre otras, según han informado desde dicho colectivo vecinal.

Desde un primer momento, la asociación de vecinos argumentó que dicha licencia "incumplía el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Málaga y que se debía someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental para dar cumplimiento al principio de prevención en el origen", según han indicado en un comunicado.

Ahora, han apuntado, el alto Tribunal andaluz le da la razón a la asociación pues estima que las referidas obras no debían de haberse autorizado, ya que la cementera "urbanísticamente se encontraba fuera de ordenación, no siendo idónea su ubicación para albergar las obras acometidas, entre otras razones, por su proximidad a distintos núcleos de población".

Al estar "fuera de ordenación" sólo podían haberse autorizado obras indispensables para el mantenimiento de la instalación, han indicado, han señalado. Asimismo, han apuntado que la Sala de lo Contencioso, "siguiendo los argumentos de la Asociación de Vecinos, estima que la torre de 110 metros de la cementera "excede de la altura máxima permitida en el PGOU de 1998".

En cuanto a la actuación al respecto de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, el TSJA, según han informado desde la asociación de vecinos, "considera improcedente" la exención en la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental concedida en su día por dicho organismo.

Dicha improcedencia radica fundamentalmente en que las modificaciones realizadas por la cementera son consideradas por el Tribunal que ha dictado la sentencia como "sustanciales", según han asegurado desde el colectivo vecinal, destacando que "resulta indudable la relevancia del cumplimiento de la sentencia y sus incuestionables repercusiones".

En palabras del letrado director personado en el procedimiento en nombre de la asociacion, Gonzalo García Weil, "tras esta sentencia se abre un nuevo horizonte jurídico que tendrá indudable trascendencia en el futuro urbanístico de la cementera y en la Autorización Ambiental Integrada concedida el 23 de julio de 2007 por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía que permite la valoración energética de residuos".

La Asociación de Vecinos ha mostrado su voluntad de seguir "luchando a ultranza en la defensa del medio ambiente", así como en conseguir que las distintas administraciones competentes "extremen al máximo su celo para evitar la contaminación atmosférica del entorno de la cementera".

Todo esto, han apuntado, "en aras de la protección de la propia salud de las personas, ya que han padecido durante años escapes, ruidos intolerables y el tránsito incesante de camiones por las calles de la ciudad transportando coque de petróleo --restos del refine del petróleo y derivados que se utiliza como combustible en la cementera--".