SEVILLA, 27 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Sevilla ha accedido a que la investigación de los avales concedidos por la agencia autonómica IDEA a empresas en crisis sume una serie de diligencias y documentos cuya incorporación había denegado el Juzgado de Instrucción Número seis de Sevilla, dirigido por María Núñez Bolaños, anulando además la decisión del juzgado de pedir un informe al Interventor General de la Junta sobre aspectos relacionados con la simultaneidad indagada o interpretaciones sobre actos administrativos vinculados a los hechos.
A través de un primer auto emitido el 1 de diciembre y recogido por Europa Press, la Audiencia aborda un recurso de la Fiscalía, al que se había adherido el PP, contra un auto emitido en enero de este año por el Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, respecto a la investigación de las decisiones adoptadas desde la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), autorizando el pago en ejecución de avales de salvamento a empresas supuestamente viables, con el presunto conocimiento de que no mediaba una viabilidad real y no serían recuperadas las subvenciones concedidas.
En dicho auto del Juzgado de Instrucción número seis, la citada instancia judicial desestimaba la práctica de una serie de diligencias solicitadas por la Fiscalía, extremo recurrido ante la Audiencia Provincial.
La Audiencia, ante el recurso de la Fiscalía al que se había adherido el PP, accede a incorporar a la causa el documento titulado "Cuadro refundido de relación de expedientes tramitados entre 2000-2012", aunque "dentro del marco temporal en el que acotamos la instrucción" en el auto de 14 de marzo de 2016, "de forma que tal incorporación de la referida documental sólo sea a efectos de completar la diligencia acordada por la instructora y con el fin de determinar y constatar las posibles dualidades e irregularidades arbitrarias, e incorporar finalmente sólo aquellos expedientes en los que se detecten las mismas y en relación a los avales reglados".
La Audiencia Provincial accede además a incorporar a la causa los informes de actuación de la Intervención General de la Junta de Andalucía sobre los avales concedidos a Novo Comlink y Dolmen Consulting Inmobiliario, aunque en el segundo caso "sólo si aparece como empresa en las que se aprecie la simultaneidad de las ayudas denunciadas".
Igualmente, la Audiencia accede a requerir a la agencia IDEA para que "especifique los avales que se hubiesen concedido a empresas que hubiesen sido beneficiarias de ayudas contenidas en un listado" previo, aunque de nuevo "dentro del marco temporal y en relación a lo que es objeto de investigación en las presentes actuaciones".
También acepta la Audiencia la petición de la Fiscalía para requerir a IDEA que "complete y remita la relación de empresas que no hayan sido ya remitidas, y en las que se constate la simultaneidad denunciada de ayudas de salvamento o reestructuración a través de préstamos y avales en garantía de préstamos concedidos por las entidades financieras", aunque recordando que "la instrucción debe en todo momento velar y limitarse a la práctica de aquellas diligencias encomendadas a determinar el posible ilícito penal en la simultaneidad".
Además, la Audiencia concuerda con la Fiscalía en la incorporación a las actuaciones del informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Andalucía respecto al ejercicio 2012 de IDEA, accediendo además a otras diligencias documentales pedidas por el Ministerio Fiscal, aunque en todos estos casos, "en los términos y con las limitaciones expuestas".
LA PETICIÓN DE INFORME AL INTERVENTOR
La Audiencia Provincia, en otro auto fechado también el 1 de diciembre, analiza un recurso de apelación del PP, contra una providencia del juzgado instructor en la que se acordaba solicitar un informe al Interventor General de la Junta de Andalucía, sobre aspectos relacionados con la mencionada simultaneidad o interpretaciones sobre actos administrativos vinculados con los procedimientos indagados.
Y es que según el PP, "no es necesario ni pertinente acudir a expertos en derecho administrativo para que ilustren al instructor sobre el derecho aplicable (...), ya que al instructor y al juzgador se le suponen los conocimientos jurídicos o legales necesarios a aplicar a los hechos instruidos o enjuiciados".
La Audiencia, en este auto, acepta la tesis del PP, zanjando que "lo que se pide del perito no son mas que aspectos de naturaleza jurídica, excediendo con mucho de lo que debe ser objeto de una pericial por cuanto que ello puede suponer trasladar al perito la función que corresponde al instructor, al solicitarle una interpretación técnica-jurídica de determinados extremos de la documentación recabada y facilitada por IDEA".
Dado el caso, la Audiencia anula la mencionada providencia del Juzgado de Instrucción número seis, "sin perjuicio de que se delimite el objeto de la pericial de forma que no exceda los límites legalmente establecidos".
LA FIANZA AL PP EN LA CAUSA DEDUCIDA
Finalmente, en un tercer auto emitido el 11 de diciembre y también recogido por Europa Press, la Audiencia analiza el recurso de apelación del PP contra un auto del Juzgado de Instrucción número seis, que en el marco de las diligencias correspondientes al testimonio deducido en 2017 de la causa general relativa a los avales, le exigía una fianza de 12.000 euros para su personación en las nuevas actuaciones.
En su recurso de apelación, el PP reclamaba que la investigación de los nuevos hechos fuese afrontada "mediante la formación de una pieza separada" en lugar de por nuevas diligencias, y sin exigencia de nueva fianza. Subsidiariamente, reclamaban los populares quedar exentos de fianza para participar en la causa, "al ser investigados delitos conexos". La Audiencia, frente a dicho recurso de apelación, ha admitido parcialmente la solicitud del PP, "en el sentido de reducir la fianza impuesta a la cantidad de 6.000 euros".