GRANADA 14 May. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de Granada ha solicitado este miércoles la celebración de un nuevo juicio contra la mujer de 50 años y nacionalidad cubana, Ana María P.H., que fue declarada por un jurado popular no culpable de asesinar en agosto de 2011 a su marido en Guadix (Granada) estrangulándolo con una cinta negra, y luego absuelta por la Audiencia Provincial de Granada.
El comienzo de un nuevo proceso permitiría "subsanar los defectos y los vicios procesales" que llevaron a la absolución de la procesada, según ha defendido la representante del Ministerio Público en la vista celebrada este miércoles en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) después de los recursos presentados a la sentencia tanto por la acusación pública, como por las dos particulares, que representan a los hijos y los hermanos del fallecido.
La fiscal ha señalado que se ha producido una "vulneración de las normas" que ha producido "indefensión" tanto al Ministerio Público como al "resto de las partes" porque hubo una "falta de motivación del veredicto" y éste estuvo sustentado "por una prueba cargada de vicio". Según ha explicado, el jurado popular que valoró el caso hizo una enumeración de "motivos" pero no ofrece una "motivación", cuando se le debe "exigir" que razone qué considera probado y qué no.
El veredicto, según ha dicho, "sólo apunta a falta de pruebas", cuando la Fiscalía "dio un elenco" de ellas, y se sustentó en una prueba pericial --la presentada por la defensa-- de un psicólogo y un psiquiatra "repleta de vicio procedimental". Primero, porque la norma exige que la prueba sea ratificada por dos peritos de la misma disciplina, y segundo porque dieron "diagnósticos y síntomas distintos" para justificar la eximente completa de la acusada, de "miedo insuperable".
Por su parte, la primera de las acusaciones particulares se ha adherido a la petición del Ministerio Público, considerando además "gravísimo" que el jurado modificara uno de los puntos del objeto del veredicto --el documento que las partes le entregan para alcanzar su decisión-- y la segunda de las acusaciones particulares ha resaltado que la motivación tenía que haberse focalizado en lo "sustantivo, lo controvertido y en lo nuclear", no como a su juicio se hizo en este caso.
LA DEFENSA NIEGA INFRACCIÓN Y VE "JUSTA" LA SENTENCIA
El abogado de la procesada, que se enfrentaba inicialmente a 20 años de prisión, ha considerado que no se ha producido en el proceso ninguna "infracción", ni en el veredicto ni en la sentencia, y ha explicado que los miembros del tribunal popular no sólo se basaron en la prueba pericial de la defensa, sino que la prueba psicológica también constató el "miedo insuperable" con el que habría actuado la mujer. El veredicto, a entender del letrado, estuvo "perfectamente motivado", y cualquier persona habría concluido lo mismo acerca de la actuación de la acusada. Por todo, ha pedido al TSJA la desestimación de los recursos y la confirmación de que el veredicto fue "válido" y la sentencia "justa".
Fue el pasado 25 de enero cuando el jurado declaró, por mayoría simple, no culpable a la mujer, estimando los informes de los psicólogos que alegaban al "miedo insuperable" con el que procedió.
Tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares pedían para ella una pena de 20 años de cárcel por un delito de asesinato, con la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de confesión, puesto que fue a entregarse a la mañana siguiente de lo ocurrido a la Guardia Civil.
En la primera sesión del juicio, que comenzó el 20 de enero, la mujer afirmó que solo se defendió de él, que durante años había sido víctima de su maltrato psicológico, y que su marido le retenía su pasaporte y su documentación y que la mantenía "siempre encerrada".
Según dijo respondiendo solo a preguntas de su abogado --puesto que acogió a su derecho de no responder a las de las acusaciones--, los episodios de maltrato ya comenzaron en Cuba, donde se casaron, pero se agravaron cuando los dos se trasladaron a vivir a Guadix (Granada).
Una vez en la provincia de Granada, su marido le retiró el teléfono móvil y le negó el uso de Internet, y solo le permitía hablar con su familia con el altavoz puesto, para escuchar la conversación. "Jamás en mi vida salí sola, viví tres años encima de una pastelería, y nunca pude comprar ni un bollo", mantuvo la inculpada, quien ya quería divorciarse de su esposo y regresar a su país.
El día de los hechos que se le atribuyen, el 25 de agosto de 2011, explicó que estuvieron discutiendo porque la relación era "insostenible". Él se marchó por la mañana del domicilio dejándola nuevamente "encerrada", y, según indicó, volvió sobre las 13,30 horas. Entonces, retomaron las discusiones y las "ofensas" y él le llegó a amenazar --como, según ha dicho, ya había hecho anteriormente-- y ella le dijo que iba a contar a su familia que le había visto manoseando a su sobrina de nueve años, que eso no se lo iba a callar, como otras cosas.
Entonces, según la mujer, comenzó a agredirla, y le cogió por el cuello asegurando que le iba a poner "punto y final" a aquello. El marido, según la acusada, estaba "muy alterado", por lo que le echó "cinco o seis pastillas" de ansiolíticos en el café, aunque no con el fin de "hacerle daño", pero su nivel de "agresividad" no disminuyó.
Según explicó ante el tribunal, continuó ofendiéndola, y amenazándola de muerte, mientras la mantenía encerrada, con la puerta echada con llave, y apareció con una cinta en la mano asegurando que le iba a poner "punto y final".
Entonces, ella le dio un mordisco en el brazo y una patada en los testículos y, con esa misma cinta, le apretó en el cuello hasta "que ya no se movió más". La mujer señaló que se sentó a llorar y a gritar, y que "nunca" quiso "hacerle daño", y que fue al día siguiente cuando le comunicó a una de las hermanas de su marido que "lo había matado" y que quería entregarse a la Guardia Civil.
ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA
Según consideraba la Fiscalía en su acusación, la mujer contrajo matrimonio en octubre de 2008 con su esposo, al que había conocido dos meses antes en Cuba. Desde el mes de marzo de 2009 el matrimonio convivía en Guadix, pero la relación conyugal estaba muy deteriorada, y eran continuos los enfrentamientos y discusiones, hasta tal punto que el hombre tomó la decisión de presentar demanda de divorcio en septiembre de 2011.
En ese contexto, en la tarde del 25 de agosto de 2011, cuando ambos se encontraban en el domicilio familiar, se produjo una nueva discusión que propiciara que la procesada decidiera matar a su esposo.
Cuando el marido se encontraban en el dormitorio común, la inculpada, "de manera sorpresiva y con ánimo de darle muerte", le ató al cuello desde atrás una cinta negra similar a una corbata previamente preparada para tal fin, y la apretó hasta que el hombre, "con las posibilidades de defensa aminoradas debido al letargo en que se encontraba", murió estrangulado.
Como consecuencia del estrangulamiento, la víctima presentaba diversas lesiones en el cuello, además de otras contusiones y hematomas, como la mejilla, a nivel de piel del escroto, erosiones en piernas y codos y sufusiones hemorrágicas. En el momento de su fallecimiento, el hombre presentaba 0,15 mg/litro de lorazepam en contenido gástrico y 0,25 g/litro de alcohol etílico en sangre.
A la mañana siguiente, la mujer reconoció de forma espontánea ante agentes de la Guardia Civil haber sido la autora del crimen después de haber dado aviso ella misma de lo sucedido a la hermana del fallecido, y fue inmediatamente detenida.