El Parlamento aprueba las leyes de Tasas y Precios Públicos y de perros de asistencia a personas con discapacidad

El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, en una imagen de 24 de noviembre en el Parlamento de Andalucía.
El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, en una imagen de 24 de noviembre en el Parlamento de Andalucía. - Joaquin Corchero - Europa Press
Publicado: miércoles, 22 diciembre 2021 21:17

SEVILLA, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Parlamento de Andalucía ha aprobado este miércoles los proyectos de Ley de Tasas y Precios Públicos de Andalucía y Ley sobre los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía, que incluye entre sus beneficiarios a personas con otras discapacidades, además de la visual.

La Ley de Tasas y Precios Públicos de Andalucía ha contado con los votos favorables de PP, Cs y Vox, mientras que la norma reguladora de los perros de asistencia ha obtenido un apoyo unánime de la Cámara autonómica con 104 votos a favor y dos abstenciones.

El consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo, ha puesto de manifiesto tras la aprobación de la norma la aceptación de iniciativas de los grupos de la oposición tras dar cuenta de las 29 enmiendas incorporadas y otras 12 transaccionales, mientras que la consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz, ha agradecido el consenso logrado para que la ley reciba luz verde.

La Ley de Tasas y Precios Públicos salió del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía tras su aprobación como anteproyecto el 6 de julio y su iniciativa responde, según el Gobierno andaluz, al deseo de actualizar una normativa que data de 1988 y que hacía de ella la más antigua de España.

El Gobierno autonómico ha sostenido que la nueva ley simplifica las tasas reguladas para adecuarlas a los servicios públicos que realmente presta la Junta de Andalucía y suprime aquellas que gravaban servicios inexistentes.

La Ley de Tasas y Precios Públicos pretende acabar con la dispersión de preceptos tras refundir en un único texto la regulación de las tasas, publica el importe actualizado de las tarifas en euros, pese a las dos décadas desde la llegada del euro.

El Gobierno andaluz ha explicado que la finalidad no es recaudatoria y sí sufragar el coste administrativo del servicio que presta la Administración, sin exceder del coste real, que abona el beneficiario del servicio.

Con la nueva norma, Andalucía se sitúa en la media de las tarifas tributarias que existen en el conjunto de las comunidades autónomas.

BENEFICIOS FISCALES PARA DIVERSOS GRUPOS

La nueva ley establece un abanico de beneficios fiscales para mayores de 65 años, menores de 18 años y jóvenes (se incorporan los menores tutelados por la Junta), víctimas del terrorismo, demandantes de empleo y personas con un grado de discapacidad acreditada igual o superior al 33%.

Entre otras, se prevé la exención del pago de las tasas por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios, de la tasa por los servicios académicos y administrativos de las Escuelas Oficiales de Idiomas, de la tasa en materia de enseñanza náutico-deportiva, y de la tasa por inscripción en las convocatorias de la Junta de Andalucía para la selección de personal.

Se incluye como novedad un beneficio fiscal para fomento del uso de la administración electrónica, que se aplica a todas las tasas en caso de que éstas se presenten de forma telemática.

La Ley de Tasas y Precios Públicos recoge también bonificaciones para promover la digitalización de determinadas zonas y afrontar el reto demográfico en las tasas por ocupación de vías pecuarias, por ocupación de monte público a instancia de parte y por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público para fomentar el despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones.

Entre las tasas de nueva creación se recogen, en cultura, la tasa por la utilización o usos especiales de espacios en instituciones culturales gestionados por la Comunidad Autónoma de Andalucía; en salud, la tasa por tramitación de autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y de almacenes de distribución de medicamentos; en materia de medio ambiente, la tasa por servicios administrativos de concesión de la Etiqueta ecológica de la Unión Europea.

Entre las tasas que se mantienen figura la tasa de inscripción en las convocatorias que realice la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la selección del personal; en materia de fomento, la tasa por ordenación de transportes mecánicos por carreteras; o en materia de comunicaciones, la tasa por autorización de negocios jurídicos sobre licencias de comunicación audiovisual.

LEY DE PERROS DE ASISTENCIA

La norma, elaborada por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, sustituye el concepto de 'perro guía' por el de 'perro de asistencia', para favorecer la accesibilidad y movilidad de este colectivo mediante la asistencia animal y facilitar que pueda vivir de manera independiente y participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones.

La nueva norma sustituye a la Ley 5/1998 de uso de perros guía por personas con disfunciones visuales con la pretensión de que otras personas, por otras discapacidades o por presentar determinadas condiciones de salud como la epilepsia o la diabetes, requieren de la asistencia de perros que les faciliten su desenvolvimiento.

La Ley 4/2017 de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía define a los perros de asistencia como los adiestrados en centros homologados para el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de personas con discapacidad, y se identifican con un distintivo oficial.

La norma obliga expresamente a promover su utilización con la garantía de que se permita su libre acceso a todos los lugares, alojamientos, establecimientos, locales, transportes y demás espacios de uso público sin que ello conlleve gasto adicional.

La Ley establece diferentes categorías de perros de asistencia y su adiestramiento; fija el derecho de acceso en su compañía en los distintos entornos de uso público y privado de uso colectivo; especifica los derechos, obligaciones y responsabilidad por el uso de estos animales, sus condiciones sanitarias y su adiestramiento; define el procedimiento de reconocimiento, suspensión y pérdida de la condición de perro de asistencia; crea el Registro de Perros de Asistencia de Andalucía y recoge el régimen sancionador en la materia.

Respecto al entorno laboral, especifica que una persona usuaria no podrá ser discriminada en los procesos de selección laboral ni en el cumplimiento de su tarea profesional por el acompañamiento de un perro de asistencia. Entre otras medidas, establece la obligación de disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil para cubrir eventuales daños causados por el perro.

La nueva norma reconoce y ampara la trayectoria de excelencia de los centros de adiestramiento de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

La Ley de perros de asistencia a personas con discapacidad es compatible con la normativa en materia de protección y sanidad de animales de compañía de la especie canina, de aplicación a los perros de asistencia en todo lo no regulado expresamente en aquella. Quedan excluidos los perros utilizados en la actividad de terapia asistida con animales, que se rigen por su normativa específica.

La norma prevé campañas informativas sobre el contenido de la ley, especialmente dirigidas a los centros de enseñanza, establecimientos de hostelería, comercios, transportes y servicios públicos.

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