Agro.- Junta dicta orden de ayudas para empresas y Ayuntamiento de La Rinconada ante el cierre de la azucarera

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 23 julio 2009 20:32

SEVILLA 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Agricultura y Pesca ha dictado una orden por la que se establecen para el año 2009 ayudas tanto para empresas como para el Ayuntamiento y entidades municipales de La Rinconada (Sevilla) como municipio afectado por reestructuración del sector del azúcar en Andalucía, al contemplarse el cierre de la azucarera de Ebro en dicha localidad.

Según la orden, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y consultada por Europa Press, esta norma pretende "establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la diversificación económica en respuesta a la reestructuración de la industria azucarera, mediante acciones encaminadas a la mejora de infraestructuras y calidad de vida de la población, implantación y desarrollo de empresas y formación".

Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser las administraciones públicas y entidades del sector público dependiente de éstas, cuyo ámbito de actuación territorial sea el municipio de La Rinconada (Sevilla), como municipio afectado por la reestructuración del sector de azúcar, y microempresas, pequeñas y medianas empresas ubicadas en el municipio de La Rinconada o que vayan a instalarse en el citado término municipal "siempre que dichas empresas no se dediquen a la transformación o producción de productos agrarios".

De esta manera, con esta orden se podrán apoyar inversiones destinadas a obras de infraestructuras, así como en mejora de la calidad de vida de la población, de cara a conseguir adecuar las prestaciones, en cuanto a equipamientos urbanos y servicios básicos en general, a las necesidades de los ciudadanos y empresas.

De la misma manera, se disponen medidas de apoyo vinculadas a planes formativos y divulgativos necesarios para adaptar la demanda a las nuevas exigencias de la oferta laboral y también establece una línea de incentivos dirigidos a la creación y desarrollo de empresas para favorecer el progreso económico.

Las ayudas recogidas en esta orden se financiarán por los Fondos Europeos Agrícolas de Garantía Agraria (Feaga) y se reparten en cuatro modalidades, en concreto ayudas para la mejora de la calidad de vida de la población y de las infraestructuras que faciliten la implantación y desarrollo de empresas; ayudas para la formación; ayudas para la inversión inicial y al empleo ligado a la inversión; y ayudas para la implantación de sistemas de calidad en la actividad empresarial, donde se podrá subvencionar hasta el 50 por ciento, con un máximo subvencionable por proyecto de 10.000 euros.

Así, el importe total de las ayuda para cada una de las líneas sometidas a un "régimen de concurrencia" suman un total de 5.420.000 euros. En concreto se destinarán 30.000 euros para la formación genérica de trabajadores o específica para empleados de empresas; se arbitrarán 5.360.000 euros para la inversión ligada a la creación de empleo; y 30.000 euros para la implantación de normas de calidad. No obstante, se podrán efectuar trasvases de importes entre las distintas líneas de ayudas en el caso de agotarse el importe total de alguna de ellas.

En el caso de las ayudas para la formación, se contempla tanto general, donde la intensidad de ayuda podrá ser de hasta el 75 por ciento, como específica, "orientada a trabajadores con falta de especialización para ocupar puestos de trabajo concretos en empresas ubicadas en La Rinconada", en cuyo caso se subvencionará hasta el 45 por ciento de los costes para las medianas empresas y hasta el 55 por ciento en las microempresa, con un máximo subvencionable por proyecto de 12.000 euros.

Además se contempla el desarrollo de acciones formativas de especialización empresarial dirigidas a emprendedores promovidas por entidad pública o incluso organización de masters promovidas por entidades públicas, en cuyo caso la subvención podrá alcanzar el 75 por ciento del coste total si los beneficiarios directos de la subvención no van aplicar la formación recibida a un puesto de trabajo.

En cuanto a las ayudas para la mejora y el desarrollo de infraestructuras, donde se podrá subvencionar el 75 por ciento de la inversión, éstas podrán consistir en la creación de servicios básicos para la dinamización del tejido productivo, creación y desarrollo de infraestructuras y equipamientos para las empresas o creación de todo tipo de servicios que redunden en una mejora integral del conjunto de las empresas del municipio y de la calidad de vida de su población.

Las ayudas a la inversión inicial y al empleo ligado a la inversión se calcularán, o bien en función de los costes de inversión material e inmaterial del proyecto o bien en función de los costes salariales correspondientes a los puestos de trabajo directos creados por el proyecto de inversión. Estas ayudas, cuando se trate de implantación de microempresas y pequeñas empresas podrán ser de un porcentaje de hasta el 60 por ciento, mientras que en el caso de medianas empresas las ayudas serán de hasta el 50 por ciento.

En este sentido, los proyectos de inversión inicial y a la creación del empleo ligado a la inversión tendrán como subvencionables conceptos como la construcción, mejora y adquisición de inmuebles, la compra o arrendamiento-compra de nueva maquinaria y equipo, entre otros aspectos.

PLAZOS Y REQUISITOS

Los solicitantes de las ayudas, que tendrán dos meses a partir del día siguiente de la publicación en BOJA de esta orden, deberán comprometerse a cumplir con la normativa medioambiental y urbanística, facilitar información sobre el desarrollo y resultados del proyecto objeto de ayuda y aportar a los órganos o servicios de control de la Administración información sobre el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales

Entre la documentación necesaria, los solicitantes deberán adjuntar una memoria de la actividad, una acreditación de la viabilidad económica de la inversión, acreditación del cumplimiento de los requisitos ambientales.

En el supuesto de que no se pudieran atender todas las solicitudes de ayuda y se produjese un empate entre dos o más proyectos una vez hecha la baremación, se optará por la solicitud cuya inversión total sea mayor.

Finalmente, la orden contempla que el plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa será de dos meses desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La orden contempla que el beneficiario de la ayuda podrá concertar con terceros la ejecución total o parcial del proyecto objeto de la ayuda. La actividad subvencionada que el beneficiario subcontrate con terceros podrá llegar al cien por cien del importe de la intervención subvencionada.

Además, deberá devolver la ayuda si incumple las normas medioambientales, si existe una incorrecta aplicación de normas de obligado cumplimiento respecto de la intervención objeto de la subvención, si hay incumplimiento de las condiciones para ser beneficiario de la subvención o en el plazo de inicio y finalización de la actividad o inversión subvencionada, sin que se haya aprobado la prórroga del citado plazo.

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