Chamizo aborda el "creciente" fenómeno de los 'homeschoolers', menores educados por sus padres en el hogar familiar

Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 30 mayo 2006 13:51

SEVILLA 30 May. (EUROPA PRESS) -

El Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, aborda el "creciente fenómeno social y educativo" de los 'homeschoolers', aquellos padres partidarios de educar a los hijos en el seno del hogar familiar con el fin de alejarlos de un sistema educativo formal cuyos valores, principios y métodos entienden equivocados, perjudiciales o contradictorios con sus propios valores y creencias.

En la Memoria anual de la institución, consultada por Europa Press, el Defensor dedica su atención en lo relativo a los derechos relacionados con la educación a la educación en casa que, "a pesar de que pueda parecer extraña y afectar tan sólo a colectivos muy minoritarios de la comunidad educativa, presenta rasgos de especial interés y podría llegar a convertirse en una cuestión de relevancia social y educativa en un futuro no muy lejano".

Chamizo, tras explicar que este modelo educativo alternativo "es actualmente muy elevado en algunos países occidentales, especialmente en Estados Unidos, Australia, Canadá y el Reino Unido y constatar el "auge" que va adquiriendo esta práctica en diversos países europeos, entre ellos, España, el Defensor del Pueblo analiza la legislación educativa.

Antes de entrar en lo que respecta a España, aporta que la escolarización en casa de los hijos está reconocida como una posibilidad legalmente aceptable en los países europeos de Bélgica, Dinamarca, Eire, Francia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Suiza, Reino Unido y Austria; no cuenta con reconocimiento legal en Alemania y sólo esta permitida en Chipre para los hijos de extranjeros. Añade que la situación legal de este fenómeno en Grecia y Holanda no está clara, aunque no se tiene constancia de que se haya emprendido actuación judicial alguna por este motivo contra ningún progenitor.

Para determinar cuál es la situación en España, el Defensor alude en su informe por un lado a la Constitución y el artículo que establece que 'la enseñanza básica es obligatoria y gratuita' y, por otro, a quienes interpretan que el término enseñanza debe entenderse como sinónimo de educación, por lo que el legislador constitucional se habría limitado a estipular la obligatoriedad de que los menores reciban la educación que se considere como básica por la legislación educativa durante los años que, asimismo, determine dicha legislación, en el caso de la española, diez años.

En definitiva, el Defensor concluye que la cuestión de la posible constitucionalidad de la educación en casa no está aun resuelta en sede jurisdiccional y, aunque aclara que "no corresponde a esta Institución anticipar un pronunciamiento de constitucionalidad sobre tan delicada cuestión", sí estima oportuno "que se vaya abriendo paso en Andalucía un debate sobre este tema por cuanto estamos convencidos de que el mismo va a ser ineludible en un plazo breve de tiempo".

EXTRANJEROS EN ANDALUCIA

"Este debate no debe postergarse porque los partidarios de este modelo alternativo de educación son cada vez más numerosos en países europeos donde esta práctica es legal, como es el caso del Reino Unido, dándose la circunstancia de que un número importante de integrantes de la creciente colonia de extranjeros residentes en España, y particularmente en Andalucía, proceden de esos países, por lo que resulta previsible que comiencen a surgir casos de familias de origen extranjero que decidan optar por esta forma alternativa de educación en nuestra comunidad", advierte el Defensor.

Finalmente, la institución demanda "abrir un debate social, especialmente en el seno de la comunidad educativa, en el que se analicen las nuevas realidades sociales y educativas y se vayan perfilando las claves para una nueva legislación". A su juicio, la nueva normativa deberá "conjugar el derecho de las familias a decidir libremente el tipo de educación que quieren para sus hijos, con el deber de los poderes públicos de garantizar que cualquier modelo educativo que se elija respete íntegramente el derecho fundamental de los menores a acceder a una educación que tenga por objeto el pleno desarrollo de su personalidad y el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales", concluye.

Contenido patrocinado