Condenada a pagar los gastos médicos de su perro ante los posibles perjuicios de su abandono

Actualizado: jueves, 25 noviembre 2010 18:06

SEVILLA, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Lora del Río (Sevilla) ha condenado a B.R.G., residente en el municipio sevillano de Cantillana, al pago de 614,24 euros en concepto de gastos médicos y de residencia de su perro, que fue encontrado en estado de abandono en un polígono industrial cercano al núcleo de población de San José de la Rinconada.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez afronta la petición de la parte demandante, la asociación 'Animalius', que recogió al can y se hizo cargo de la operación que precisaba, de una displasia de cadera, así como de su atención posterior.

Ante la petición del colectivo de que la dueña afrontara el pago de esta cantidad en concepto de gastos generados por el tratamiento veterinario necesario para sanar al perro, así como de la residencia de éste, el juzgado recuerda jurisprudencia anterior según la cual "resulta evidente que el legislador, al configurar el articulado para hacer responsable al dueño de un animal por el hecho de poseerlo, le impone la obligación de tomar las medidas necesarias para evitar cualquier perjuicio a terceras personas, presumiendo su culpa salvo que concurran unas circunstancias tasadas y limitadas"

El magistrado, así, alude a una responsabilidad "amplia, carente de limitaciones, comprendiendo además los perjuicios causados tanto activa como pasivamente por el animal", siendo el caso juzgado "un supuesto de hecho perfectamente encajable en el anterior precepto sin necesidad de hacer un gran esfuerzo", pues queda manifiesto el "desentendimiento" de la dueña del perro, negándose a pagar los gastos generados tras ponerse los veterinarios en contacto con ésta al constatar la existencia de microchip.

"Ante aquella situación de abandono, otra cosa no podía hacer que lo aquí reclamado, y ello no sólo por ser su función estatutaria, sino por cuestiones de índole moral o ética, pudiendo haber acogido al animal cualquier persona que presentada ante esta tesitura decide poner remedio haciéndose cargo de manera temporal de dicho animal", señala el juez, que añade que todo ello "no es sólo para que el perro sane y siga adelante, sino para evitar otros perjuicios de mayor índole, que aumentarían en su probabilidad al transitar el animal por la vía pública, por la calzada o en el eventual ataque a los transeúntes".

Tras el fallo, el presidente de 'Animalius', Rafael González, ha precisado a Europa Press que el colectivo considera la sentencia "ejemplar y sin precedentes en España en lo que respecta a los argumentos a favor de la responsabilidad que tiene el dueño de un animal".