Archivo - Imagen de archivo de un taxi en Sevilla - María José López - Europa Press - Archivo
SEVILLA 11 Nov. (EUROPA PRESS) -
La asociación Élite Taxi ha avisado de las "irregularidades" reflejadas por la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis que, merced a un litigio promovido por dicha entidad; anula los puntos del acuerdo adoptado en abril de 2020 sobre la representación en el consejo de gobierno del Instituto Municipal del Taxi (IMT) de la capital andaluza, mediante los cuales se asignaba a la asociación Solidaridad Hispalense la vocalía de los asalariados o autónomos colaboradores.
"La gravedad de las irregularidades arroja muchas sombras sobre la objetividad, transparencia y buena fe de una Administración responsable de una resolución que un juez ordena corregir, empezando por el máximo responsable y presidente del Instituto del Taxi", indica la asociación respecto al edil de Gobernación, Juan Carlos Cabrera, agregando que el Gobierno local habría comunicado su decisión de no recurrir la sentencia.
Dado el caso, Élite ha reclamado "el cumplimiento de la sentencia mediante la comunicación de las personas que deban ser designadas como titular y suplente de la vocalía de los asalariados" en el consejo de gobierno del Instituto del Taxi, "en sustitución de las personas de Solidaridad actualmente designadas".
Todo gira en torno al acuerdo adoptado a finales de abril de 2020 sobre la nueva representación de las asociaciones de taxistas y de asalariados o autónomos en el nuevo consejo de gobierno del Instituto del Taxi (IMT), estipulando los estatutos de la entidad "cinco representantes de las organizaciones y asociaciones representativas del sector, de los que uno representará a los asalariados y el resto (4) a los titulares de licencia".
EL REPARTO
Merced al número de socios y la aplicación del Método de Restos Mayores, las cuatro vocalías correspondientes a los titulares de licencia de taxi fueron asignadas con dos para Unión Sevillana del Taxi (971 socios), una para Solidaridad Hispalense (312) y una más para Elite Taxi Sevilla (249 afiliados), que desembarcaba así en la entidad; mientras la vocalía de los asalariados o autónomos colaboradores recaía en Solidaridad Hispalense.
Frente a ello, la Unión Sevillana del Taxi consideraba que la representación del gremio resuelta por el Ayuntamiento aplicando el Método de los Restos Mayores o de Hamilton en lugar de recurrir a la Ley D'Hont resultaba "injusta y desproporcional", señalando que con el nuevo reparto de vocales, esta organización había perdido un puesto y quedaba con dos pese a contar con 971 asociados, mientras Élite Taxi había desembarcado en la entidad con un vocal derivado de 249 afiliados.
Por eso, la Unión Sevillana del Taxi decidía no participar "de momento" de las sesiones del consejo de gobierno del Instituto del Taxi, si bien en septiembre de 2020 el Instituto del Taxi constataba la incorporación final de la citada asociación y de Solidaridad Hispalense del Taxi al consejo de gobierno del organismo municipal.
A LOS TRIBUNALES
En ese contexto, Élite Taxi Sevilla interpuso un litigio contra dos de los aspectos del acuerdo municipal adoptado para la nueva representación de las asociaciones de taxistas y de asalariados o autónomos en el nuevo consejo de gobierno del Instituto del Taxi.
Después de que la vocalía de los asalariados o autónomos colaboradores recayese en Solidaridad Hispalense, Élite exponía en su recurso contencioso administrativo contra tal asignación que Solidaridad Hispalense no es "un sindicato ni una asociación de interés general de autónomos y asalariados", sino una "asociación empresarial" que no es "representativa de las personas asalariadas o autónomas colaboradoras".
Es más, según Élite "en el certificado de socios asalariados constan 14, siendo la lista idéntica a la que presenta UGT", pesando otras "irregularidades", como que tras ser promovido un cotejo sobre dichos 14 asalariados, Solidaridad Hispalense habría "aclarado" que los mismos eran 13 y no 14, aportando un listado de "nuevos asalariados añadidos a los 13", algo "extemporáneo y que excede el concepto de aclaración", según Élite Taxi, que alertaba del mismo modo de que los "designados" por la citada asociación "no son asalariados, sino empresarios autónomos titulares de licencia".
SENTENCIA
Tras abordar el recurso y analizar las versiones del Ayuntamiento de Sevilla y de Solidaridad Hispalense, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla, en una sentencia recogida por Europa Press, ha resuelto que la citada entidad de taxistas "no ha acreditado que tenga registrados como socios no titulares de licencia de taxis a un número de 13, que según sus estatutos sólo pueden ser miembros de la asociación" los titulares de licencia y, además, que "en ningún caso ha probado la afiliación de esas 13 personas asalariadas del taxi".
Dado el caso, el juzgado estima el recurso contencioso administrativo de Élite Taxi Sevilla y anula los aspectos del acuerdo municipal adoptado para la nueva representación de las asociaciones de taxistas y de asalariados o autónomos en el nuevo consejo de gobierno del Instituto del Taxi, relativos a la asignación del vocal en representación de los asalariados o autónomos colaboradores al no ser "ajustado a derecho" el mismo.