IU pide a la Junta que reclame cambios legales que permitan fijar recargos del 50 al 150% del IBI para viviendas vacías

Actualizado: domingo, 4 mayo 2008 14:09

SEVILLA, 4 May. (EUROPA PRESS) -

Izquierda Unida defenderá una proposición no de Ley en el Pleno del Parlamento andaluz en la que insta a la Junta a reclamar al Gobierno de la Nación los cambios necesarios en la normativa estatal para que los ayuntamientos puedan fijar recargos del 50 al 150 por ciento en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a las viviendas vacías.

En la iniciativa, a la que ha tenido acceso Europa Press, IULV-CA pide en primer lugar emplaza en primer lugar a la Junta a "realizar los cambios necesarios en la normativa para precisar el concepto de vivienda vacía" --que para la federación de izquierdas es "aquella que no esté ocupada durante más de cuatro meses al año"-- y a reclamarlos al Ejecutivo central "si esta regulación legal requiriera de cambios en la normativa estatal".

Junto a ello, la federación de izquierdas quiere que la Junta elabore un "registro o censo de las viviendas vacías en Andalucía" a través de convenios de colaboración y asistencia técnica y económica con los ayuntamientos que contemplen "actuaciones de control e inspección por parte del cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda y el intercambio datos e informaciones".

Como cambios legales a nivel estatal, IULV-CA plantea modificar la Ley de Haciendas Locales para permitir a los ayuntamientos "modular el recargo en el IBI sobre las viviendas desocupadas con un gravamen mayor en función del número de ejercicios fiscales en los que la vivienda está gravada con este recargo", de forma que dicho recargo oscilaría entre el 50 y el 150 por ciento de la cuota líquida del impuesto "en función del número de ejercicios fiscales que la vivienda quede sometida a este recargo".

IU también pretende cambiar la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para "fijar un porcentaje mayor para calcular la renta imputada a aquellos inmuebles que se encuentren desocupados permanentemente" y poner en marcha una política de incentivos "reales y eficaces para la puesta en el mercado de las viviendas vacías existentes en Andalucía".

"CRUCE DE DATOS" PARA UN CENSO DE VIVIENDAS VACÍAS.

Según IULV-CA, "hoy en día, con independencia del desarrollo reglamentario que debiera realizarse por el Gobierno central, es posible llegar a definiciones precisas sobre el carácter de desocupado de un inmueble", tomando como base el "cruce de datos extraídos de los padrones municipales y de las declaraciones del IRPF, donde figurarían, por un lado, las residencias habituales de los contribuyentes y miembros de su unidad familiar y, por otro, las viviendas alquiladas, cuya referencia catastral y propietario se reflejan en las declaraciones de los inquilinos".

En su opinión, entre los criterios aplicables "a efectos de prueba" para declarar que una vivienda está desocupada figuran aspectos como "consumos anormalmente bajos de agua, gas y electricidad; recepción de correo y notificaciones en otros lugares; declaraciones o actos propios del titular de la vivienda; comprobaciones de agentes de la autoridad y del cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda; y declaraciones de los vecinos del inmueble o de inmuebles cercanos".