9-M-A.- La JEA anula el expediente sancionador incoado contra Camacho por el programa especial de inicio campaña

Actualizado: jueves, 27 marzo 2008 21:49

Canal Sur Televisión recurrirá ante el Tribunal Supremo el acuerdo de la JEC por el tratamiento de las declaraciones de Ana Mato (PP)

SEVILLA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha anulado una resolución del pasado 10 de marzo por la que se incoaba un expediente sancionador contra el director general de la Agencia Pública Empresarial de la Radio Televisión Andaluza (RTVA), Rafael Camacho, por una supuesta vulneración del principio de neutralidad informativa en el programa especial de inicio de la pasada campaña emitido por Canal Sur Televisión.

Según un comunicado del ente público, el director general de RTVA presentó el pasado día 18 ante la JEA un escrito con alegaciones, en el que formulaba unas "cuestiones previas" pidiendo la nulidad del procedimiento "por error en la determinación de la persona presuntamente responsable", amparándose en el artículo 62 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, que regula el procedimiento sancionador.

La Junta Electoral de Andalucía, atendiendo las razones expuestas por Camacho, ha acordado ahora, "por error en el pronunciamiento realizado sobre la imputación al sujeto posible infractor", anular la resolución dictada que iniciaba el expediente sancionador.

RECURSO ANTE EL TS POR EL CASO DE ANA MATO.

Por otro lado, la RTVA presentará un recurso por la vía Contencioso-Administrativa ante el Tribunal Supremo contra el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que ha confirmado el de la Junta Electoral de Andalucía sobre la supuesta vulneración de la neutralidad informativa el pasado 1 de marzo por no haber emitido las disculpas de la candidata del Partido Popular, Ana Mato, tras sus declaraciones en las que afirmaba que "los niños andaluces eran prácticamente analfabetos".

RTVA recurrirá ante el Tribunal Supremo alegando que Canal Sur no emitió las declaraciones primeras de Ana Mato, pues la única referencia a la noticia se hizo en el 'bloque de información electoral', para dar el "paso" a las manifestaciones de los candidatos del PSOE-A y el PP-A sobre las citadas declaraciones. En el recurso, RTVA invocará, además, el derecho a la libertad de información que asiste al medio y a sus profesionales, así como su celo en la garantía del principio de neutralidad, que se manifestó en las informaciones, el debate 'cara a cara' y las entrevistas de los días posteriores, en los que el PP tuvo múltiples opciones de explicar, disculpar o rectificar a su candidata.

La Junta Electoral de Andalucía acordó incoar expediente sancionador a la RTVA por esta incidencia informativa sobre las declaraciones de Ana Mato, así como abrir otro expediente a la Agencia Pública Empresarial por el programa especial de inicio de campaña citado antes, sobre el que ha acordado incoar de nuevo el procedimiento.