La Junta excluye la opción de "grandes superficies comerciales" en una innovación urbanística de El Ronquillo

Publicado: sábado, 1 junio 2019 17:48

SEVILLA, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

En el marco de la evaluación ambiental estratégica emitida respecto a una innovación urbanística promovida por el Ayuntamiento de El Ronquillo (Sevilla) para "unificar" los terrenos de unas parcelas de uso terciario, la Dirección General de Comercio de la Junta de Andalucía ha dictaminado a favor de la operación, pero con la condición de "la exclusión expresa de la posibilidad de implantación de grandes superficies comerciales" en la zona, pues la localidad no tiene "capacidad territorial" para tal extremo.

Todo se encuadra en una modificación del Plan General de Ordenación Urbana de El Ronquillo promovida por el Ayuntamiento de dicha localidad, para el sector de suelo urbanizable ordenado denominado como SUO-E2, una operación destinada a "unificar los terrenos de las parcelas ZT de uso terciario, correspondientes a suelos municipales del sector situados al norte de la SGC-3". Para ello, "se ordenan, manteniendo su superficie, los suelos de las parcelas ZT destinadas a suelo terciario", que además ven modificadas las "determinaciones potestativas" aplicables a las mismas.

Todo ello en un escenario en el que la ficha del sector SUO-E2 "establece entre las determinaciones de ordenación pormenorizada una edificabilidad de uso terciario de 5.753 metros cuadrados" distribuidos "en dos zonas de los extremos del sector". La operación propuesta, en ese sentido, "mantiene la edificabilidad" de 5.753 metros cuadrados, pero "unifica la ordenación de los terrenos dedicados al uso terciario en una sola zona".

"NO CUMPLE LOS CRITERIOS TERRITORIALES"

Al respecto, este informe de la Dirección General de Comercio de la Junta recogido por Europa Press, recuerda que El Ronquillo contabilizaba 1.311 habitantes en 2017 según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE), tratándose de una localidad que "no cumple los criterios territoriales establecidos por la Ley del Comercio Interior de Andalucía para la implantación de grandes superficies comerciales minoristas".

Por eso, este informe señala que aunque "no se prevé la calificación de ningún suelo con el uso pormenorizado de gran superficie minorista, pero sí una edificabilidad superior a 5.000 metros cuadrados de uso terciario en una única parcela, lo que podría dar lugar a establecimientos comerciales con una superficie superior a 2.500 metros cuadrados, considerándose grandes superficies minoristas" cuando El Ronquillo "no tiene capacidad territorial" para tal extremo, "no se podrán implantar grandes superficies comerciales" en los terrenos en cuestión.

"CONDICIONADO"

"El informe es favorable, condicionado a la exclusión expresa de la posibilidad de implantación de grandes superficies comerciales en el ámbito del sector SUO-E2, por no cumplir El Ronquillo con los criterios territoriales de la Ley del Comercio Interior de Andalucía para dicha implantación", concluye el documento, toda vez que el trámite de la evaluación ambiental estratégica de la operación ha sido superado por la misma sin la detección de "efectos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se cumplan las determinaciones ambientales indicadas".

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