Actualizado: jueves, 10 diciembre 2015 17:24

Anticorrupción recurre la pieza separada de Matadero de Fuenteobejuna que la juez abrió antes de rediseñar el caso ERE

SEVILLA, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La juez María Núñez Bolaños ha preguntado a la Fiscalía Anticorrupción si debe acumular de nuevo una de las piezas que separó en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía al procedimiento original iniciado en enero de 2011.

En una providencia fechada el día 3 de diciembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada toma esta decisión después de que la Fiscalía Anticorrupción haya recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla el auto en el que la juez abrió una pieza separada relativa a la empresa Matadero de Fuenteobejuna.

La instructora abrió esta pieza separada antes de que el 9 de noviembre acordara rediseñar la división en piezas del caso de los ERE fraudulentos, dejando como pieza matriz la causa originaria de los ERE de 2011, de ayudas sociolaborales y directas, y desgajando de esta matriz otras seis piezas en las que no incluyó la del Matadero.

"El anterior escrito del Ministerio Fiscal interponiendo recurso de apelación, únase y con carácter previo dese traslado a fin de que informe sobre la acumulación de la Diligencias Previas 5782/15 a las tramitadas en este Juzgado bajo el numero 174/11". Es decir, la juez pregunta al fiscal si las diligencias referidas a Matadero de Fuenteobejuna que ella misma incoó deben volver al caso de los ERE.

En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público reclama a la Audiencia que deje sin efecto el auto del pasado día 13 de octubre en el que la magistrada acordó incoar diligencias previas relativas a la empresa Matadero de Fuenteobejuna, ya que "no cumple, ni en la forma ni en el fondo, en términos de estricta corrección procesal, como garantía del adecuado ejercicio de los derechos de defensa de las partes".

Anticorrupción asevera que, "en desarrollo de la decisión judicial de formar piezas separadas se enjuiciamiento", la juez "debería, mediante resolución judicial en forma de auto motivado, haber delimitado objetiva y subjetivamente, aún con carácter indiciario habida cuenta de que nos hallamos en fase de instrucción, el contenido de cada pieza, procediendo el dictado de un auto para cada ayuda o grupo de ayudas vinculadas o conexas".

En este sentido, entiende que dicho auto, "que debe ser dictado no en las presentes diligencias sino en la causa principal, debe contener un relato sucinto del hecho que se investiga y una relación de las personas sobre las que existen indicios de su participación en los mismos", de manera que, "una vez hecho esto, procederá delimitar qué testimonios de la causa principal deben incorporarse a la pieza separada, ya de manera digitalizada, ya de manera particular en soporte papel".

La Fiscalía pide que, una vez dictado el auto de formación de la pieza separada, se lleve testimonio del mismo "como resolución que inicie las presentes diligencias previas como pieza separada de enjuiciamiento, en donde deberá tenerse de inicio, al tratarse de una pieza desgajada de la causa principal, por partes personadas a todas las demás acusaciones, tanto particular como popular, así como a aquellas personas delimitadas como imputadas" en el auto.

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