SEVILLA, 7 Ene. (EUROPA PRESS) -
Empresarios de discotecas y salas de fiesta de Sevilla agotarán el plazo de aplicación de la nueva Ley Antitabaco, que expira dentro de ocho meses, para crear en sus locales salas de fumadores.
Según explicó a Europa Press el presidente de la Asociación de Terrazas, Bares de Copas y Discotecas de Andalucía (Tebadis), Alfonso Maceda, el primer fin de semana tras la puesta en vigor de la ley los locales de ocio nocturno sólo contarán con una señalización mediante carteles que reserve una zona para fumadores, situación que se prolongará hasta después del verano.
"La temporada de invierno termina antes que el plazo de demora de aplicación de la ley, por lo que la mayoría de los empresarios aprovecharán el verano para reformas sus salas", aclaró Maceda, quien afirmó que "la tendencia general va encaminada hacia la creación de habitáculos pequeños con un sistema de extracción independiente donde se pueda ir a fumar un cigarrillo y salir".
En este sentido, recordó que la legislación obliga a que el 70 por ciento del aforo del local esté libre de humos, por lo que dichas zonas destinadas a fumadores no podrán superar el 30 por ciento del total de la superficie de la sala.
Asimismo, el presidente de Tebadis manifestó que ningún empresario le ha transmitido hasta el momento su intención de que su local sea libre de humos y añadió que "la mayoría de ellos está planteándose aún qué va a hacer para adaptarse a la ley".
La Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco -aprobada por el Congreso el pasado 15 de diciembre- entró en vigor el pasado uno de enero y desde ese momento está prohibido fumar en todos los centros de trabajo, públicos y privados salvo que estén al aire libre.
Asimismo, la ley establece que los bares, restaurantes y lugares de ocio de más de 100 metros cuadrados deben ser espacios "libres de humo", aunque pueden establecer zonas de fumadores separadas físicamente que no excedan del 30 por ciento de la superficie del local. El resto de establecimientos de hostelería --de menos de 100 metros cuadrados-- tendrán libertad para que se fume o no en su interior, pero deberán informar explícitamente en la entrada al mismo.
También se regula la venta de tabaco, que sólo podrá realizarse en los estancos o a través de máquinas expendedoras autorizadas, quedando prohibida a menores de 18 años en todos los casos. La ley establece, por último, un régimen sancionador que engloba multas desde los 30 euros para infracciones más leves hasta los 600.000 euros en las muy graves.