Sevilla.- Tribunales.- CCOO recurrirá ante el TSJA la sentencia sobre las cláusulas contra la siniestralidad laboral

Europa Press Andalucía
Actualizado: jueves, 7 febrero 2008 16:26

SEVILLA 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

El sindicato CCOO ha anunciado hoy que recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Sevilla contra el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales contra la Siniestralidad Laboral del Ayuntamiento hispalense, sumándose así al anunciado recurso de casación del Ayuntamiento y mientras que las entidades recurrentes --la Confederación de Empresarios de Sevilla (CES), la Asociación Empresarial Sevillana de Constructores y promotores de Obras (Gaesco), la Federación Andaluza de Empresarios de la Construcción (Fadeco) y la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (Fedeme)-- han solicitado su ejecución provisional.

En un comunicado, CCOO de Sevilla señaló que, según entiende la central sindical, el fallo "no estima" la pretensión de las patronales sobre la vulneración de las cláusulas aprobadas con respecto a las normas generales de contratación pública, desestimando también "la falta de competencia del Ayuntamiento y de su Junta de Gobierno para aprobar las mismas".

De los cuatro puntos en los que se basaba el recurso de la patronal, CCOO señaló, "incomprensiblemente", el juzgado ha estimado sólo que se pudiera haber incurrido en un trámite de "audiencia insuficiente", pese a que la propia sentencia recoge que tanto CES como Gaesco habían presentado alegaciones.

El secretario general de CCOO en Sevilla, Rafael Fernández Serra, indicó al respecto que la patronal "no está siendo sincera" en su valoración sobre la sentencia de este juzgado, pidiéndoles "un poco de vergüenza torera".

Para la patronal, por otro lado, la importancia de dar audiencia a las partes afectadas en la elaboración del documento, como en su día se denunció, y el hecho de que la sentencia no haya llegado a entrar en el argumento de fondo --las graves consecuencias que, para las empresas, conlleva la aplicación del pliego-- hace que los responsables municipales "deban reflexionar sobre la conveniencia de dar marcha atrás en un asunto de tanta importancia como éste e iniciar un proceso de diálogo y negociación con las partes".

El pliego, según las entidades recurrentes, debe quedar anulado y retrotraerse al trámite de audiencia preceptivo, "aceptando, por tanto, las consideraciones realizadas por las organizaciones empresariales referentes a la gravedad del defecto de forma o infracción del procedimiento legalmente establecido por omisión del referido trámite en el procedimiento principal".

Los empresarios, que ya solicitaron con resultados negativos la suspensión cautelar de su aplicación en septiembre de 2005, justificaron su postura en que estas cláusulas habían sido "impuestas" a la patronal, puesto que no habían tenido parte en el acuerdo entre Gobierno municipal y los sindicatos, al tiempo que afirmaban que el pliego establece obligaciones en las contrataciones "muy por encima de cuestiones legales".

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