Viera pide a la juez Núñez que suspenda su declaración como investigado por una ayuda de los ERE

Actualizado: jueves, 30 junio 2016 17:18

Pide la suspensión hasta que no se resuelva su petición de archivo por la ayuda a la Asociación de los Juegos Mediterráneos Almería 2005

SEVILLA, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El exconsejero de Empleo José Antonio Viera ha solicitado a la juez María Núñez Bolaños, que instruye el caso de los ERE fraudulentos, que suspenda su declaración como investigado del próximo 7 de julio por la ayuda de 180.304 euros concedida por la Junta a la Asociación de los Juegos Mediterráneos Almería 2005 para la elaboración de cursos de formación 'on line' del voluntariado.

En un escrito fechado el 29 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado del exconsejero de Empleo pide a la magistrada que suspenda dicha declaración hasta que no se pronuncie sobre la petición de archivo por prescripción solicitada en esta pieza, todo ello "habida cuenta el estado de tramitación" de su solicitud "y la pluralidad de partes procesales".

El letrado pone de manifiesto que la solicitud de suspensión de la declaración del próximo 7 de julio "no sólo es acorde" con el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el artículo 24 de la Constitución española, "sino que también lo es con el principio de economía procesal".

En un escrito, el abogado del exconsejero solicitó a la juez el archivo de la causa abierta contra su patrocinado por la ayuda de 180.304 euros concedida por la Junta a la Asociación de los Juegos Mediterráneos Almería 2005.

El letrado relata que, según el atestado elaborado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, esta ayuda se estipuló mediante un convenio de colaboración entre la Asociación y la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de fecha 26 de septiembre de 2003, tras lo que el importe de 180.304 euros fue pagado en dos transferencias.

De este modo, se estableció un primer pago el 11 de febrero de 2005 (con cargo a la partida presupuestaria 31L) y un segundo pago el 23 de febrero de ese mismo año (con cargo a la partida presupuestaria 54B), pone de manifiesto el abogado.

En este sentido, agrega que, según disponen los artículos 130 y 131 del Código Penal, la responsabilidad criminal se extingue por prescripción del delito, prescribiendo a los diez años los delitos cuando la pena máxima señalada por la Ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.

El abogado precisa que el delito de prevaricación y el tipo básico del delito de malversación de caudales públicos prescriben a los diez años, y recuerda a la instructora que en el auto donde imputó a Viera también acordó archivar la causa contra cuatro trabajadores de la Asociación.

Y es que, en el auto, la magistrada argumentó que, tratándose de una ayuda inferior a 450.000 euros, "en la cual podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado", estableciendo como límite la cuantía para la cual la normativa reguladora de IDEA exigía pasar por la ratificación/aprobación del Consejo Rector, y habiéndose realizado el pago el 23 de febrero de 2005, "hace más de diez años", procede declarar prescritos los delitos de prevaricación y malversación y archivar la causa contra estos cuatro trabajadores.

Pues bien, el letrado solicita a la juez "idéntico pronunciamiento" respecto del exconsejero "por las mismas razones" dadas en el caso de los trabajadores de la Asociación y porque, además, Viera fue consejero de Empleo entre el 29 de abril de 2000 y el 25 de abril de 2004, por lo que "había cesado en su cargo mucho antes de que se produjera el desplazamiento patrimonial, presuntamente ilícito, en fechas 11 y 23 de febrero de 2005".

A su juicio, en este caso "no sólo el 'dies ad quem' es el auto de 17 de mayo de 2016, ya que es la fecha de la primera resolución dictada por órgano competente, que puede ser considerada como auto de imputación" respecto de Viera ("a partir de la cual se le ha permitido ejercer su derecho de defensa en la presente pieza separada"), sino que, además, "su única participación en los hechos, objeto de la presente pieza, se remonta a septiembre de 2003, fecha en la que, presuntamente, firma el convenio de colaboración".

Y todo ello, añade, "sin perjuicio de que Viera no recibió durante su mandato ningún aviso o advertencia sobre la irregularidad de un sistema (y con ello, la firma del convenio de marras) que había sido configurado por funcionarios de categoría A y otros órganos y centros directivos, en los que legítimamente confiaba, por formar parte del equipo de gobierno".

Por todo ello, reclamó a la juez el archivo de la causa, en la que la magistrada también imputó al exconsejero de Empleo Antonio Fernández y al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero.

Leer más acerca de: