Obras Públicas subvencionará los catálogos de edificaciones en suelo rústico que elaboren los ayuntamientos

Mazón
EP/PRC
Actualizado: lunes, 17 mayo 2010 14:08

La cuantía máxima a subvencionar será el 80% del importe de adjudicación del contrato

SANTANDER, 17 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria, subvencionará los catálogos de edificaciones en suelo rústico que elaboren los ayuntamientos.

Así lo recoge una Orden de dicho departamento, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el año 2010 subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico. El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses.

Según establece la Orden, recogida por Europa Press, a estas ayudas se podrán acoger los Ayuntamientos del territorio de la comunidad autónoma que realicen las actuaciones objeto de subvención, siempre y cuando hayan iniciado el procedimiento de elaboración del Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico.

El ámbito temporal máximo para la realización y justificación de la actividad subvencionable será de dieciocho meses a partir del día siguiente a la resolución de concesión de la subvención por el órgano competente.

La cuantía máxima a subvencionar será el 80% del importe de adjudicación del contrato de servicios presentado por el Ayuntamiento. En todo caso, el límite máximo a percibir será de 10.000 euros.

FASES

La Orden señala que, dada la prolongada duración del procedimiento para la elaboración de este tipo de instrumentos de planeamiento, que habitualmente excede el ejercicio presupuestario, y a los efectos de facilitar la imputación parcial de los costes totales de dicho procedimiento por parte de los Ayuntamientos, se establecen dos fases a las que se atribuyen una proporcionalidad de costes.

Así, a la primera fase, que se considerará concluida cuando se proceda por el Pleno de la Corporación Municipal a la aprobación inicial del catálogo, se le atribuye un 40% del coste total, o, en su caso, el gasto efectivamente acreditado si es menor.

Y a la segunda fase, que se considerará concluida una vez sea aprobado definitivamente el catálogo por el Pleno de la Corporación Municipal de conformidad con el Informe emitido por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y publicado en el Boletín Oficial de Cantabria, se le atribuye un 60% del coste total, o conforme con la primera fase, el resto de la ayuda concedida pendiente.