El exsecretario autonómico de USAE, acusado de vulnerar el derecho a la libertad sindical de este sindicato

Deberá indemnizarle con 4.145 euros

Europa Press Cantabria
Actualizado: lunes, 24 septiembre 2012 16:09

SANTANDER, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 3 de Santander ha declarado que el exsecretario autonómico de la Unión Sindical y Auxiliares de Enfermería (USAE), Pedro Quintana, ha vulnerado el derecho a la libertad sindical del citado sindicato, y le ha condenado a indemnizarle con 4.145 euros.

El juez considera probado que en las elecciones del 30 de marzo de 2011 para representantes de los trabajadores de las áreas I, III y IV del Servicio Cántabro de Salud, Quintana era el representante en Cantabria de USAE. Durante los días previos al 3 de marzo, último para la presentación de candidaturas, Quintana, encargado de la confección de la lista de candidatos por este sindicato, tuvo "serias dificultades" para elaborar y completar la misma porque "prácticamente nadie" quería ir en los primeros puestos.

A última hora del día 3, decidió no presentar la lista del sindicato y optó por ir en la de otro, el Sindicato Autonómico de la Sanidad de Cantabria (SASC), lo que provocó que la lista de USAE no fuera presentada por nadie y no pudiera presentarse legítimamente a las elecciones referidas.

USAE defiende que de este modo se ha vulnerado su derecho a la libertad sindical. Y el magistrado opina que este sindicato tiene motivos no sólo para estar "molesto" sino para "defender y reclamar" que la actuación de Quintana "vulneró frontalmente el derecho fundamental a la libertad sindical".

En este sentido, el juez razona que Quintana era el máximo representante de USAE en Cantabria y el encargado del "papeleo" para las elecciones del 30 de marzo.

Y subraya que la responsabilidad en la vulneración de este derecho descansa no en el cambio de afiliación sindical ni tampoco en que convenciera a varias candidatas de USAE para presentarse en el otro sindicato, ni tampoco en que "a última hora" optara por presentarse por otro sindicato como número 2 de la lista, sino en que este cambio final, "esta imposibilidad de presentar la lista del sindicato que hasta el momento venía representando, se hace sin publicidad, sin comunicarlo al sindicato demandante con el evidente quebranto que ello iba a suponer".

"El señor Quintana fue plenamente consciente de que al presentar esta candidatura, el sindicato demandante no podría presentarse a las elecciones con el evidente perjuicio que esto pudiera suponer, como así ha sido", señala el magistrado.

En este sentido, apunta que su responsabilidad sería sólo moral o ética si hubiera decidido cambiar de opción sindical pero lo hubiera comunicado al sindicato, pero no hacerlo "y actuar de modo desleal sin decir nada a nadie" de USAE supone "un actuar ilegal porque estaría provocando un daño sindical, perfectamente conocido".

Así, el juez insiste en que su responsabilidad recae en "ignorar por completo a su sindicato, abandonarlo a su suerte y no comunicar a nadie su decisión de cambiar; todo ello siendo consciente de que esa decisión dejaba al sindicato en el limbo al no poder presentarse a las elecciones".

El magistrado desconoce si la forma de actuar de Quintana "obedeció a una estrategia perfectamente planificada" con SASC, con otro o con terceros, pero "perjudicó de modo consciente" a USAE "porque con su oscurantismo y extraño proceder provocó que el sindicato al que venía representando desde hace años no pudiera presentarse a las elecciones".

En este sentido, también señala que no se ha probado que SASC actuara de común acuerdo con Quintana. "Se podrá sospechar, sin duda, pero este magistrado no tiene datos suficientes como para compartir la imputación", apunta.

Por otra parte, USAE solicitaba el pago de 130.475 euros por el gasto que le ocasionaría sufragar a personal propio que se habría visto obligado a acogerse a excedencias voluntarias para realizar funciones propias del sindicato, como si hubiera obtenido representación en el comité de empresa.

Pero el juez se lo deniega porque es un "futurible" que hubiera obtenido cuatro representantes y porque los liberados sindicales son retribuidos una sola vez "y no obtienen dos salarios, uno como trabajadores y otro como liberados", puesto que "compartir la tesis" de USAE provocaría, dice el magistrado, "una doble retribución de estos presuntos liberados".

Respecto a la petición de 2.645 euros en concepto de subvenciones dejadas de percibir (1.355 euros del Gobierno de Cantabria y el resto del Gobierno de España), sí la estima porque resulta "un perjuicio económico indudable" para este sindicato, "que ha visto cómo la actuación de su representante máximo habría provocado la pérdida de estas subvenciones", y valora los daños morales del "descrédito" por estos hecho en 1.500 euros.

De este modo, el Juzgado estima parcialmente la demanda interpuesta por USAE contra Quintana y SASC.

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