El Supremo obliga al Banco Santander a pagar 30,5 millones a LaNetro por incumplimiento de acuerdos

Actualizado: miércoles, 5 mayo 2010 21:00

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha obligado al Banco Santander a pagar 30,05 millones de euros a LaNetro por incumplir el acuerdo alcanzado con el portal en febrero de 2000 de adquirir un 5% de las acciones en el marco del contrato de gestión de la salida a bolsa fallida de la compañía, según una sentencia dictada el pasado 30 de marzo.

La Sección Primera de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal estima sólo una de las diez alegaciones presentadas por el Banco Santander y confirma la sentencia dictada el 27 de octubre de 2006 por la Audiencia Provincial de Madrid, que concluyó que la entidad debía cumplir los compromisos previos al contrato.

"El Banco Santander había quedado obligado a adquirir acciones representativas del 5% del capital de LaNetro hasta la suma de 30,05 millones de euros se produjera o no la operación de la que debía ser designada coordinadora general", explica la sentencia.

El Alto Tribunal confirma así que la entidad había asumido el compromiso de suscribir un número proporcional de las acciones en caso de que fuera nombrada como colocadora del capital de LaNetro en su salida a bolsa, acuerdo que las partes suscribieron el 24 de marzo de 2000.

La sentencia desestima la alegación del Banco Santander que defendía que no estaba obligada a adquirir las acciones, ya que no hubo consentimiento por el concurso de oferta y aceptación porque las cartas donde se reflejaba dicho compromiso suponían "una verdadera oferta".

Los hechos se remontan a finales de 1999, cuando LaNetro se puso en contacto con el Banco de Santander para que ejerciera de colocadora de las acciones de la compañía entre inversores particulares, institucionales y extranjeros en su salida a bolsa.

En las cartas intercambiadas para concretar la oferta, el Banco Santander incluyó su compromiso de adquirir el 5% del capital desde la firma del mandato hasta la salida a bolsa de la compañía.

LaNetro demandó a la entidad al considerar que el contrato de 24 de marzo de 2000 validaba su compromiso de suscripción y que éste debía cumplirse se produjera o no la salida a bolsa.

La Audiencia Provincial de Madrid condenó al banco "al pago de una suma de dinero, pero sólo para el caso de que no prestara el consentimiento necesario para la adquisición" de las acciones.

El ponente de la sentencia fue José Ramón Ferándiz Gabriel y el tribunal estuvo formado por los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Xavier O'Callaghan Muñoz, Jesús Corbal Fernández, José Ramón Ferrándiz Gabriel y Antonio Salas Carceller.