CUENCA 31 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha ha desestimado varios recursos presentados por la Diputación provincial de Cuenca contra sendas sentencias por las que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cuenca revocaba la decisión de la institución de denegar la "continuidad en el servicio activo" de una trabajadora hasta los 70 años.
En las sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, el juez establece que los derechos de los funcionarios están regulados por la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública que reconoce "la prolongación de vida activa como derecho del funcionario, salvo normas específicas para cuerpos determinados".
Los afectados apelaron al artículo 67.3 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público para prorrogar su jubilación.
Por su parte, la Diputación provincial denegó la prolongación de la edad activa alegando que el Estatuto Básico del Empleado Público no ha sido desarrollado por la Ley de Función Pública de Castilla-La Mancha en los términos que cupiera autorizar la prolongación.
Asimismo, apelaba a "la política de la Administración de incentivar la jubilación anticipada y parcial" y a "la intención de la Diputación de realizar una acción de fomento del empleo de los más jóvenes".
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de la región desestima el recurso de apelación presentado por la institución provincial contra su decisión de denegar la prórroga. A pesar de esto, la sentencia no impone las costas procesales a la Diputación al considerar que "la apelación puede considerarse hasta cierto punto comprensible".