Archivo - Detalle de las pinturas murales del Monasterio de Sijena expuestas en el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC), a 29 de mayo de 2025, en Barcelona - Kike Rincón - Europa Press - Archivo
BARCELONA 3 Jul. (EUROPA PRESS) -
Los servicios jurídicos de la Generalitat han presentado un incidente de nulidad de actuaciones contra la interlocutoria de la Audiencia de Huesca del 2 de junio que confirmó la exclusión de la Generalitat del procedimiento de ejecución de la sentencia que obliga a trasladar al Monasterio de Santa Maria de Sijena las pinturas murales conservadas en el Museu Nacional d'Art de Catalunya, según ha podido saber Europa Press.
Esta interlocutoria de la Audiencia de Huesca desestimó el recurso de apelación presentado por la Generalitat en diciembre de 2025 y, en caso de que se inadmita este incidente de nulidad, puede acabar en el Tribunal Constitucional, han publicado los diarios 'El Punt Avui' y 'Ara'.
La Generalitat sostiene que la interlocutoria vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 24 de la Constitución, porque le impide intervenir en el procedimiento de ejecución "pese a que los mismos tribunales han reconocido que tiene un interés legítimo en la conservación y protección de estos bienes culturales" en ejercicio de sus competencias.
INTERPRETACIÓN "RESTRICTIVA"
El escrito señala que la interpretación que hace la Audiencia de Huesca del artículo 13 de la ley de enjuiciamiento civil es "excesivamente restrictiva y formalista, ya que limita la intervención de terceros interesados a los procesos declarativos y excluye la fase de ejecución".
Según el texto, esta interpretación es contraria al principio 'pro actione' y a la jurisprudencia constitucional sobre el derecho de acceso a los procesos judiciales ya que al impedir su participación en el proceso genera a la Generalitat "una situación de indefensión natural".
En este sentido, ha dicho que le impide formular alegaciones y actuar en defensa de los intereses públicos vinculados a la conservación de las pinturas durante la ejecución de la sentencia.
La Generalitat ha recordado en su escrito que ya intervino como parte adherida en el procedimiento principal que dio pie a la sentencia que ordena el traslado de las pinturas y que también participó en incidentes anteriores relacionados con su ejecución.
Ha considerado que su interés "no desaparece con la firmeza" de la sentencia, sino que convierte especialmente relevante en la fase de ejecución, ya que es el momento en que las decisiones judiciales pueden afectar directamente la conservación e integridad de las pinturas.
Por todo ello, la Generalitat ha pedido que se admita el incidente de nulidad, se suspenda cautelarmente la eficacia de la interlocutoria impugnada mientras se tramita el incidente y se declare su nulidad con retroacción de las actividades para garantizar el derecho de tutela judicial efectiva y permitir la intervención del Govern en el procedimiento de ejecución.