Vicepresidencia del Gobierno asegura que las interpretaciones del PP sobre la sentencia de De la Vega "no son ciertas"

Actualizado: lunes, 23 noviembre 2009 18:35

VALENCIA, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Vicepresidencia del Gobierno criticó hoy que la interpretaciones que está realizando el PP sobre la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid relativa a las declaraciones del vicesecretario de Comunicación, Esteban González Pons, sobre el empadronamiento de la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en Beneixida (Valencia), "no son ciertas".

Según explicaron, el fallo resuelve "exclusivamente un conflicto entre el derecho al honor y la libertad de información" y "no cabe deducir que el empadronamiento fuera ilícito o ilegal ni que se beneficiase de una reclasificación urbanística".

Así lo indicaron a Europa Press fuentes de Vicepresidencia del Gobierno, en relación a las "declaraciones e interpretaciones" sobre la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, conocida ayer, que desestima el recurso que presentó Fernández De la Vega por la sentencia que desestimaba la demanda que interpuso contra González Pons, por "intromisión ilegítima" en su derecho al honor, debido a unas manifestaciones que el dirigente 'popular' realizó a los medios de comunicación en diciembre de 2007.

En este sentido, consideraron que las interpretaciones son "inexactas" porque el "objeto del litigio" es "el conflicto surgido entre el derecho al honor de la demandante y el derecho de la libertad de información del demandado" y "no entra en ningún otro aspecto", en referencia a la regularidad del empadronamiento de De la Vega y la reclasificación de terrenos de su propiedad.

Manifestaron que la vicepresidenta "respeta y acata" la sentencia aunque "discrepa de la conclusión jurídica", por lo que recordaron que De la Vega presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS). Con ello, pretende "defender sus derechos y honorabilidad", puesto que González Pons "excedió su derecho a la libertad de información".

Según explicaron, los magistrados entienden que las declaraciones de González Pons "no constituyen una vulneración de derechos fundamentales por ser habituales en las contiendas políticas" y, sin embargo, para De la Vega, --indicaron-- "la falta de rigor y veracidad" de estas afirmaciones sí vulneran sus derechos. Por ello, resaltaron que recurrirá para que "los insultos y las informaciones falsas no queden como parte de la normalidad de la contienda política" y que ésta sea "más leal".

De esta forma, apuntaron que "se ha demostrado" que las manifestaciones del dirigente 'popular' "son falsas" y "vulneran los derechos fundamentales" de la vicepresidenta. Así, se refirieron a la venta, por 72.000 euros, de unos terrenos que eran propiedad de De la Vega, tras una reclasificación en la que pasaron de suelo rústico (9 euros por metro cuadrado) a industrial (70-100 euros por metro cuadrado).

En esta línea, destacaron, sobre la posibilidad que se contempla en las declaraciones de González Pons de que la vicepresidenta y sus familiares obtuviesen beneficio económico de dicha reclasificación, "prevaliéndose de su condición de dirigente de un partido político", que la sentencia relata que no se ha "probado tal extremo y sí, por el contrario, que en su momento se opusieron a la reclasificación".

En cuanto al empadronamiento de De la Vega en Beneixida, apuntaron que la resolución no entra en la "posible infracción" que pueda suponer del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, porque esta consideración "excede del ámbito del presente juicio" e hicieron hincapié en que la sentencia indica que el calificativo de "secreto" que González Pons dio al empadronamiento "carece de prueba que lo justifique".