Competición inadmite la solicitud de AFE de suspender la jornada 13 por "falta de competencia"

El órgano remite a LaLiga la decisión sobre los partidos tras el fallecimiento del futbolista Jesús de Miguel

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Europa Press Deportes
Actualizado: viernes, 6 noviembre 2026 12:33

   MADRID, 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El Juez Único de Competición de las Competiciones Profesionales ha inadmitido por falta de competencia la solicitud de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) para suspender los partidos de la jornada trece de Segunda División y trasladarlos a una nueva fecha, remitiendo la resolución a la Liga Nacional de Fútbol Profesional al tratarse de un torneo de carácter profesional.

   La resolución del órgano competicional no entra a evaluar si la situación de duelo justifica el aplazamiento de los encuentros tras el fallecimiento del futbolista Jesús de Miguel, según una información de Iusport recogida por Europa Press, sino que especifica que carece de atribuciones para acordar la suspensión y fijar nuevos horarios en el marco del fútbol profesional.

   El sindicato de futbolistas había registrado formalmente su petición apelando al estado emocional del colectivo e invocando como antecedente la resolución de seis de noviembre de 2024 derivada de los efectos de la DANA en la Comunidad Valenciana, reclamando la extensión de la medida a toda la jornada tras argumentar que ya se habían aplazado al menos tres encuentros.

   No obstante, el juez ha aclarado que tras aquel precedente sobrevino una sentencia firme de la Audiencia Nacional con fecha de 18 de diciembre de 2024, la cual declaró nulas las facultades del estatuto federativo que atribuían al órgano competicional la potestad de suspender o fijar fechas en torneos estatales profesionales, atribución que recae de manera exclusiva en la liga profesional correspondiente.

   El fallo notificado se circunscribe a la inadmisión de la solicitud por motivos estrictamente competenciales sin pronunciarse sobre el fondo de las razones expuestas, al tiempo que concede a AFE un plazo improrrogable de 48 horas para interponer recurso ante el Comité Nacional de Segunda Instancia.

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