La Agencia Negociadora dice que la Ley permite ampliar los dos meses de garantías económicas del alquiler

Publicado: miércoles, 4 septiembre 2019 14:49

MADRID, 4 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Agencia Negociadora del Alquiler ha encontrado un "vacío" en el último Real Decreto de medidas urgentes en materia de vivienda por el que "se pueden aumentar las garantías económicas del alquiler por encima de los dos meses".

Así lo ha señalado en un comunicado, donde asegura que se pueden aumentar estas garantías "sin límite". El director general de la compañía, José Ramón Zurdo, ha resaltado que el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos deja abierta la posibilidad de aumentar estas garantías.

Esto, según Zurdo, ocurría en aquellos contratos de arrendamientos que se firmaran de inicio por más de cinco o siete años. Además, ha explicado que en aquellos arrendamientos que se firmaran por más de este periodo "sería perfectamente posible exigir a los inquilinos más garantías económicas de las que permite el decreto analizado".

De hecho, ha asegurado que incluso también se podría incluir en este grupo de arrendamientos de larga duración a los arrendamientos que se suscribieran por un año prorrogable hasta seis.

En esta línea, la Agencia Negociadora del Alquiler ha asegurado que con alquileres de mayor duración hay un menor riesgo para los propietarios, "que pueden exigir mayores garantías y una mayor estabilidad para los inquilinos".

Zurdo ha explicado que al arrendador persona física o jurídica "no debería importarte mucho aumentar la duración, dado que al estar obligado a permitir al inquilino prorrogar el contrato hasta cumplir cinco años el cumplimiento de otro año más, le posibilitaría el poder exigir mayores garantías a los inquilinos y así tener cubierto mucho mejor el riesgo de los alquileres".

En el caso de los inquilinos, Zurdo ha apuntado que una solución beneficiosa sería pactar que no hubiera penalizaciones mayores en el caso de desistimiento y se mantuvieran las mismas que hay para los arrendamientos de un año prorrogable hasta cinco, "donde los inquilinos tienen la posibilidad de no prorrogar los arrendamientos a sus vencimientos anuales".

Además, Zurdo ha afirmado que el real decreto, aplicado a los arrendamientos con una duración menor, "rompe el frágil equilibrio del alquiler, posicionándose claramente a favor de los inquilinos, aumentando el riesgo de los alquileres para los arrendadores".