Economía/Empresas.- ACS podrá opinar en las concentraciones de Iberdrola que precisen la autorización de Competencia

Actualizado: jueves, 15 febrero 2007 22:15

El grupo constructor no podrá ampliar el límite de los derechos de voto para decidir sobre cuestiones estratégicas

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

ACS podrá opinar en las concentraciones de Iberdrola que precisen la autorización de una autoridad nacional o supranacional de defensa de la competencia, según la resolución acordada hoy por el consejo de administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) sobre el expediente formulado por el grupo constructor para ejercer sus derechos de voto en la eléctrica más allá del 3%.

En concreto, ACS podrá votar en la junta de Iberdrola con derechos de hasta un 24,9%, excepto en lo referente a asuntos que "afecten a la estrategia competitiva de la empresa en el sector español de la electricidad". No obstante, los estatutos de la eléctrica contemplan un límite del 10% para el ejercicio de los derechos de voto.

Así, la CNE prohíbe a ACS decidir sobre el plan estratégico y sólo podrá ejercer esta ampliación en los derechos de voto en el ámbito del materias que "guardan relación con la protección normal de los accionistas minoritarios para la defensa de sus intereses como inversores de la sociedad".

El organismo que preside María Teresa Costa enumeró en un comunicado las materias consideradas estratégicas en las que ACS no podrá ejercer sus derechos de voto por encima del 3%, donde destacan las inversiones y desinversiones asociadas al cumplimiento de un objetivo recogido en el plan estratégico o programas de actividad, "salvo en las concentraciones que precisen la previa autorización de una autoridad nacional o supranacional de defensa de la competencia".

Asimismo, ACS tampoco podrá ampliar sus derechos para decidir sobre los presupuestos, la definición de la estrategia de la compañía, que incluye entre otros, el plan estratégico y el programa de actividad, así como el nombramiento de los altos directivos distintos de los órganos de administración, la política de recursos humanos del personal directivo y la estructura societaria y organizativa del mismo.

El grupo que preside Florentino Pérez también tendrá limitaciones del 3% en cuanto al aprovisionamiento de combustibles y materias primas necesarias para el desarrollo de las actividades en el sector eléctrico y a cualquier aspecto asociado a la tecnologías a utilizar y a la política de venta de producto intermedio o final. Este límite del 3% también queda fijado en materias de derechos de información con contenido diferente de los accionistas de la eléctrica dependiendo de su cuota de participación.

ACS NO PODRA CONCERTARSE PARA BLOQUEAR ACUERDOS.

Además, la constructora no podrá adoptar ningún pacto de participación recíproca en el capital o en los derechos de voto con otros accionistas de Iberdrola. Tampoco podrá celebrar con otros accionistas de la eléctrica ningún acuerdo o pacto que tenga por objeto adoptar o bloquear la adopción de acuerdos sociales en la junta que se refieran a las materias consideradas estratégicas.

En la resolución de la CNE también destaca que ACS no podrá intercambiar información estratégica sobre Unión Fenosa, donde también es primer accionista, con el 40,47% del capital, con otros accionistas relevantes de Iberdrola.

Por otro lado, el consejo de administración decidió que a los efectos de garantizar la no aparición de los riesgos de intercambio de información y coordinación de la estrategia competitiva de los operadores entre Iberdrola y Unión Fenosa, la CNE realizará un seguimiento concreto de la evolución de la estrategia competitiva de ambos operadores, mediante la solicitud periódica de información a dichas sociedades.

El regulador también deja claro que el incumplimiento de las condiciones a las que se subordina la autorización implicará automáticamente la extinción de su eficacia. ACS podrá interponer un recurso de alzada contra esta resolución ante el Ministro de Industria, Comercio y Turismo.