Barclays prevé que el Supremo fallará a favor de la banca en el caso de las tarjetas 'revolving'

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Publicado: jueves, 27 febrero 2020 18:27

En caso de que se posicione en el lado del cliente, los ingresos podrían verse reducidos en un 2,4% de media

MADRID, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

Barclays mantiene como escenario base que el Tribunal Supremo decrete la no abusividad y transparencia de las tarjetas 'revolving', un asunto que los magistrados de la sala civil deliberan desde el pasado miércoles, si bien cree que establecerá unos criterios claros para el futuro.

El departamento de análisis de la entidad prevé que el Alto Tribunal estipulará que los intereses, que pueden alcanzar el rango de entre el 25% y el 28% TAE, no son abusivos debido a que el sistema de precios se basa en el principio de libertad contractual.

No obstante, sí que reconoce que el límite de la libertad de pactos se encuentra en el factor de usura, un asunto que considera que habría que determinar caso por caso. En su opinión, habrá que fijar unos criterios claros en cuanto a tipos de referencia y condiciones.

Si se tiene en cuenta el escenario base, Barclays no estima consecuencia alguna importante sobre los ingresos de las entidades y, por tanto, no será necesario realizar nuevas estimaciones ni supondrá un aumento de las provisiones.

En caso de que el fallo del Supremo sea desfavorable para la banca y se posicione a favor de los clientes, calcula que el sector vería reducidos sus ingresos en un 2,4% de media, con Bankinter, Banco Sabadell y CaixaBank a la cabeza. Tal y como apunta, las seis entidades cotizadas españolas tienen una exposición a las tarjetas 'revolving' de unos 3.105 millones de euros de forma agregada.

En este contexto, también cabría esperar un aumento de las provisiones de los bancos con un impacto en la ratio de capital 'CET1' de 25 puntos básicos. En este sentido, Bankinter sería el banco más expuesto.

La definición de usura en España está establecida en una Ley que aún está vigente pero que data de 1908 y que determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado.

Esta Ley deja abierta la interpretación, por lo que en su último pronunciamiento respecto a este tipo de tarjetas en noviembre de 2015, el Supremo estableció que un tipo de interés por encima del 24,6% se situaba sustancialmente por encima del precio normal del dinero y en más de dos veces el precio medio de un préstamo.

Las tarjetas 'revolving' son tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas, pero su peculiaridad reside en que la deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.

Los intereses tan altos que finalmente se tienen que pagar han provocado una sucesión de demandas en los juzgados. Por eso, está previsto que, ante la indeterminación de la Justicia, el Tribunal Supremo marque el devenir de las futuras sentencias por este producto.

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