Economía/Finanzas.- El Gobierno cambia la norma de instituciones de inversión colectiva para fomentar la VPO en alquiler

Actualizado: viernes, 15 febrero 2008 15:20

MADRID, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno modificó hoy la Ley de instituciones de inversión colectiva en cuanto al régimen de financiación ajena recibida por las entidades de inversión inmobiliaria con el objetivo de impulsar la inversión y gestión de viviendas de protección oficial (VPO) en alquiler.

Concretamente, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto por el que se modifica el artículo 59 del reglamento que desarrolla la Ley de instituciones de inversión colectiva de noviembre de 2003 para que las entidades inversión inmobiliaria se beneficien plenamente de las ayudas del Plan Estatal 2005-2008.

En este plan, creado para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, se estableció que la cuantía máxima de los préstamos cualificados para viviendas de protección oficial en arrendamiento fuera del 80% del precio máximo legal que corresponda.

Así, se produce una asimetría, ya que el límite establecido en el Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, que es de un 50% del activo al saldo vivo de la financiación ajena que estas instituciones pueden recibir, es inferior a los límites máximos de financiación en régimen de protección oficial para la vivienda.

Por esta razón, se modifica el artículo 59 de dicho Reglamento para eliminar dicha asimetría, con el fin de que las Instituciones de Inversión Colectiva inmobiliarias, cuyo objeto exclusivo o principal sea la gestión de viviendas de protección oficial, puedan beneficiarse al igual que los particulares.

Asimismo, en esta modificación normativa se aclara el régimen de endeudamiento en el que pueden incurrir estas instituciones de inversión inmobiliarias para resolver dificultades de tesorería, y se establece un límite del 10% del activo y un plazo de vencimiento de dieciocho meses.

El plazo general de un mes establecido para las Instituciones de Inversión Colectiva resultaba insuficiente para este tipo de instituciones especializadas en la inversión inmobiliaria, pues poseen activos mucho menos líquidos y el plazo para realizar una desinversión es mayor.