Economía/Finanzas.- El texto refundido de la ley de seguros privados y el Estatuto del Consorcio entra mañana en vigor

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: viernes, 5 noviembre 2004 12:51

MADRID 5 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los textos refundidos de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y del Estatuto el régimen jurídico del Consorcio de Compensación de Seguros entrarán mañana en vigor, tras la publicación hoy de los reales decretos que desarrollan ambos textos en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Con el nuevo texto legislativo sobre seguros privados, aprobado mediante Real Decreto, se da cumplimiento al mandato conferido en 2002 por la "ley Financiera" y en 2003 por la ley de Modificación y Adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros.

El Real Decreto desarrolla un texto sistemático, unificado y comprensivo de la normativa aplicable a los seguros, que armoniza y aclara las distintas reformas y modificaciones que han afectado a la legislación del sector desde la promulgación de la ley de 1995.

La "ley Financiera" de 2002 introdujo diversas modificaciones al texto de 1995 al trasponer a derecho interno la normativa comunitaria vigente y para fomentar la eficiencia del mercado asegurador y la protección de los clientes de servicios financieros.

La ley de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados de 2003 introduce cambios sobre el saneamiento y la liquidación de las compañías de seguros, y sobre otras disposiciones de rango legal como la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y el Estatuto legal del Consorcio de Compensación de Seguros.

La ley Concursal de 2003 adapta la redacción de determinados preceptos de la misma a la nueva regulación en materia concursal. Otras normas que han incorporado novedades a la regulación del sector son las leyes de medidas fiscales, administrativas y del orden social y la ley orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de 1999.

NUEVAS ATRIBUCIONES DEL CONSORCIO.

Por su parte, el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros unifica toda la regulación referente a este organismo y la adapta además a la normativa comunitaria.

El nuevo Estatuto permitirá, entre otras cosas, que el Consorcio asuma indemnizaciones por daños personales ocasionados en el extranjero por acontecimientos extraordinarios si el tomador de la póliza tiene su residencia habitual en España, como se contempla en la ley comunitaria de seguros privados de 2003.

El Consorcio se dotó del Estatuto exigido por los compromisos derivados del Tratado de Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea (CEE) con la ley de adaptación del derecho español a la directiva sobre libertad de servicios en seguros distintos al de Vida y de actualización de la legislación de seguros privados de 1990.

Con la aplicación de esta normativa, el régimen jurídico del Consorcio de Compensación de Seguros cambió y dejó de ser un organismo autónomo y pasó a convertirse en sociedad estatal.

Posteriormente, el Estatuto Legal del Consorcio ha experimentado diversas reformas y modificaciones en 1995, 1997, 2002 y 2003. Con la Ley 30/1995 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados se modificaron diversos preceptos relativos a la definición de sus fines y atribuciones, la delimitación de sus funciones privadas en relación con el seguro de riesgos extraordinarios y el seguro obligatorio de automóviles, y de sus funciones públicas.

La ley de seguros de 1995 clarificó también el régimen de los recargos a favor del Consorcio y se precisó la separación financiera y contable de las operaciones que realice el Consorcio en los seguros agrarios combinados respecto del resto de operaciones.

La Ley de 1997 supuso el encuadramiento del Consorcio en la categoría de entidad pública empresarial, mientras que en 2002 la "Ley Financiera" incorporó entre las funciones de este organismo la de liquidador de entidades aseguradoras, al eliminarse la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras (CLEA).

En 2003, la ley Concursal adapta el Estatuto a la nueva regulación en materia concursal y se adecúa a la normativa comunitaria con la ley de modificación y adaptación de los seguros privados.

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