El Frob contrata a Clifford Chance, DLA Piper, Garrigues y KPMG como asesores para resolver bancos pequeños

Publicado: martes, 4 febrero 2020 13:11

MADRID, 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (Frob) ha adjudicado a Clifford Chance, DLA Piper, Garrigues y KPMG Abogados los cuatro contratos que lanzó el pasado mes de octubre en el marco de un proceso de licitación pública con el que buscaba despachos de abogados para ayudarle en los procesos de resoluciones de bancos pequeños.

"La Mesa de Contratación acordó, en su sesión del 28 de diciembre de 2019 al 2 de diciembre de 2019, elevar al Órgano de Contratación propuesta de adjudicación a favor de las cuatro empresas que continuaban en el procedimiento: Álvarez Clifford Chance, DLA Piper, Garrigues y KPMG Abogados", según consta en el documento de adjudicación enviado a la plataforma de contratación del sector público, que ha adelantado 'Expansión'.

La recepción de ofertas por parte de los candidatos a asesores finalizó el pasado 7 de noviembre. El organismo público puso en marcha este procedimiento al estimar que precisa de ayuda para la preparación y ejecución de resoluciones de entidades de crédito menos significativas que se encuentren cerca de la quiebra.

Con estas cuatro compañías especializadas en servicios jurídicos, el Frob cierra este concurso, que se completa con la adjudicación comunicada el pasado 15 de enero de otras cuatro entidades expertas en servicios estratégicos: Álvarez & Marsal, Analistas Financieros Internacionales (Afi), KPMG y Nomura.

El valor estimado de los contratos asciende a 4 millones de euros en el caso de las entidades de servicio estratégico y hasta 900.000 euros para los despachos de abogados, mientras que el plazo de ejecución inicial será de dos años, hasta un máximo de cuatro.

Con estas adjudicaciones, el Frob pretende estar preparado para dar una respuesta ágil en el caso de que algún banco pequeño se encuentre en una situación problemática, reforzando su capacidad en los procesos de resolución.

Las funciones que deberán desempeñar las empresas seleccionadas para el asesoramiento estratégico, que pueden ser extranjeras siempre y cuando estén sometidas a la jurisdicción de los tribunales españoles, serán las del diseño de los instrumentos necesarios para preparar la resolución según el Mecanismo Único de Resolución o valorar las posibles alternativas en función del apetito de mercado y concurrencia de interés público.

REQUISITOS

Estas entidades tenían que cumplir unos requisitos de negocio determinados. El licitador debía contar con un volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los últimos tres disponibles, de, al menos, tres millones de euros.

Al mismo tiempo, debían acreditar haber realizado unos cuatro proyectos de asesoramiento a entidades de crédito europeas como una venta, fusión o adquisición de un banco cuyo balance fuese superior a los 5.000 millones de euros; o experiencia en la venta de carteras o traspasos de activos de entidades de crédito a Sociedades de Gestión de Activos o a Bancos Puente, por más de 100 millones de euros de valor en libros, entre otros.

De su lado, los despachos de abogados serán los encargados de elaborar, adaptar y organizar la documentación necesaria para la preparación y puesta en marcha de la resolución del banco en problemas, así como la redacción del clausulado de contratos, contestación a todo tipo de consultas respecto a su ejecución, o la colaboración en la redacción de información que el Frob deba remitir a cualquier organismo o autoridad, sobre todo a las europeas.

En el caso de los bufetes, el Frob requería que contasen con un volumen anual de negocios, referido también al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, de, al menos, 675.000 euros, al tiempo que debían acreditar que contaban con los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad suficientes como desarrollar de forma correcta los trabajos que se piden.

Por tanto, el licitador debía contar con experiencia en al menos tres proyectos de asesoramiento jurídico empresarial en el curso de los últimos 5 años, de los cuales como mínimo dos se tendrán que referir a una entidad de crédito.

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