MADRID 4 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno ha iniciado la tramitación de la directiva europea 'DAC8', una normativa que prevé más vigilancia fiscal a las entidades de criptomonedas y el intercambio automático de información sobre criptoactivos entre los países de la UE, a la espera de su aprobación en el Congreso de los Diputados.
Esta normativa incrementará el control sobre las operaciones y saldos en criptoactivos, tanto para residentes como para no residentes españoles, y afectará a la tributación y la información que deben aportar los proveedores y usuarios. Pero, ¿qué significa esto para el contribuyente español?, ¿Cómo se tributan las criptomonedas y qué obligaciones fiscales existen en 2025?
¿QUÉ IMPLICA LA NUEVA DIRECTIVA EUROPEA SOBRE CRIPTOMONEDAS PARA ESPAÑA?
La'DAC8' (Directiva de Cooperación Administrativa en materia de fiscalidad) se prevé que entrará en vigor al arranque del 2026, una vez que los países la hayan transpuesto a sus legislaciones nacionales.
La nueva directiva obliga a los proveedores de monedas virtuales a informar sobre las operaciones y saldos de sus usuarios, tanto si son residentes como no residentes en el país.
Además, si se aprueba esta medida, se reconoce a los criptoactivos como bienes susceptibles de ser embargados y los contribuyentes deberán declarar con mayor precisión las operaciones con este tipo de moneda, ya que Hacienda tendrá más herramientas para acceder a los datos facilitados por las plataformas.
¿ES OBLIGATORIO DECLARAR LAS CRIPTOMONEDAS?
Los contribuyentes que han comprado, vendido o adquirido criptomonedas deben declararlas, ya que Hacienda las considera bienes inmateriales con implicaciones fiscales.
No declarar las criptomonedas puede acarrear sanciones, en caso de infracciones muy graves, la multa puede ascender hasta el 150% de las cantidades no declaradas, en casos extremos, se pueden imponer penas de cárcel por evasión fiscal.
Además, la Agencia Tributaria está intensificando el control sobre las operaciones digitales y puede embargar criptoactivos si detecta incumplimientos.
¿CÓMO TRIBUTAN LOS CRIPTOACTIVOS EN ESPAÑA?
En España, las criptomonedas están sujetas a varios impuestos, dependiendo de la operación realizada.
IRPF:
El impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF), cuenta con dos escalas imponibles, la 'general' y la del 'ahorro'. En la escala 'general' tributan las actividades económicas o rendimientos del trabajo.
Por su parte, las criptomonedas suelen tributar en la 'escala del ahorro', también denominada como "la base barata del impuesto", en la que se incluyen rentas como los rendimientos de capital mobiliario y ganancias o pérdidas patrimoniales.
Por ejemplo, si se venden criptomonedas, Hacienda lo percibirá como una ganancia o pérdida patrimonial. Si se venden por más de lo que costaron, el contribuyente debe pagar por la ganancia, y en caso de vender por menos, se puede compensar la pérdida.
Tipos aplicables a la 'base del ahorro' en 2024:
- Desde cero hasta 6.000 euros: 19%
- Desde 6.000 hasta 50.000 euros: 21%
- Desde 50.000 hasta 200.000 euros: 23%
- Desde 200.000 hasta 300.000 euros: 27% - A partir de 300.000 euros: 28%
Además, a partir de 2025, se aplicará un tipo del 30% a las ganancias superiores a 300.000 euros.
¿CÓMO SE DECLARA?
Para la Campaña de la Renta del ejercicio 2024-2025, la Agencia Tributaria ha añadido un nuevo apartado dedicado exclusivamente a la declaración de criptomonedas, según explica Criptain, plataforma de compraventa y ahorro de criptomonedas.
Se trata de las casillas 1800-1814, un apartado de la sección 'Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o permuta de otros elementos patrimoniales'. En este apartado se debe incluir el tipo de operación, el valor de la transmisión, el valor de la adquisición, la fecha de la operación y los gastos asociados.
- Casos en los que aplica el modelo 721:
Asimismo, quienes tuvieran a 31 de diciembre criptomonedas en plataformas extranjeras por un valor superior a los 50.000 euros, deben presentar el 'Modelo 721', con la finalidad de informar a Hacienda sobre la posesión de criptoactivos en plataformas extranjeras. La omisión de este modelo puede acarrear sanciones elevadas.
¿SE PUEDEN COMPENSAR PÉRDIDAS CON GANANCIAS?
Hacienda permite compensar las pérdidas con ganancias en la base del ahorro, para pagar menos impuestos. En el caso de los criptoactivos, si en un año el contribuyente tiene saldos negativos producidos por la venta de criptomonedas, inicialmente se podrían compensar con otras ganancias patrimoniales del mismo año fiscal.
Tras esta operación, si el saldo se mantiene negativo, es posible compensar hasta el 25% de ese saldo con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario.
En esta línea, las perdidas que no se pueden compensar, se pueden arrastrar y descontar de futuras ganancias en los cuatro años siguientes.