Economía/Bolsa.- Las IIC deben comunicar a la CNMV desde febrero los cambios en la participación y cotización de fondos

Actualizado: jueves, 17 enero 2008 13:59

MADRID, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

Las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) que operan en España deberán comunicar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de forma inmediata desde el 5 de febrero la suspensión y reanudación de la negociación de las acciones o participaciones, así como la suspensión y reanudación de las suscripciones y reembolsos de participaciones en fondos de inversión, según figura hoy en el Boletín Oficial del Estado.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sometió el año pasado a consulta pública el borrador de Circular sobre hechos relevantes de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC).

El organismo que dirige Julio Segura explicó que esta norma tiene el triple objetivo de recopilar los supuestos que se consideran hechos relevantes para las IIC y que aparecen dispersos en la normativa; agilizar su difusión y aclarar las obligaciones que a este respecto deben cumplir las IIC extranjeras.

En concreto, las IIC también deberán comunicar al supervisor la sustitución de la sociedad gestora o del depositario de fondos de inversión, así como los cambios que se produzcan en el control de la primera.

También deberán remitir a la CNMV información sobre las decisiones que den lugar a la obligación de actualizar los elementos esenciales del folleto informativo, la autorización del proceso de fusión en el que participe un fondo de inversión y toda modificación del reglamento de un fondo de inversión que requiera autorización previa de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Asimismo, deberán comunicar al supervisor toda reducción del capital en circulación de las sociedades de inversión o reembolso en los fondos de inversión que supongan una variación o disminución superior al 20% de su capital o de su patrimonio, respectivamente y que se produzcan en un solo acto. También se considerarán como tales cuando el referido porcentaje se alcance como consecuencia de reducciones de capital sucesivas o reembolsos solicitados por un mismo partícipe o por varios pertenecientes al mismo grupo en un periodo de dos meses.

Las IIC que operan en España deberán comunicar también toda operación de endeudamiento, desde el momento en que implique que las obligaciones frente a terceros excedan del 5% del patrimonio de la IIC, salvo que se trate de IIC de Inversión Libre. En el caso de sociedades de inversión, deberán informar la imposibilidad de la sociedad de poner más acciones en circulación por carecer de acciones en cartera y estar ya desembolsado el capital estatutario máximo.

La nueva normativa, que afecta a todas las IIC comercializadas en España, implica que las instituciones tengan que comunicar a la CNMV las exclusiones de negociación en Bolsa cuando las acciones pasen a negociarse en un mercado o sistema organizado de negociación de valores.

Además, deberán de informar de cualquier otro aspecto cuyo conocimiento pueda afectar a un inversor "razonablemente para adquirir o transmitir las acciones o participaciones de la IIC y por tanto pueda influir de forma sensible en su valor liquidativo".