Economía/Laboral.- La subida salarial media pactada en los convenios registrados hasta septiembre alcanzó el 3,51%

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: jueves, 16 octubre 2008 19:27

MADRID, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

El incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos registrados hasta septiembre alcanzó el 3,52%, cifra inferior en un punto porcentual a la inflación interanual de ese mes (4,5%), según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, consultados por Europa Press.

En septiembre del año pasado, la subida salarial pactada en convenio fue del 2,89%, siete décimas menos que un año después.

Entre enero y septiembre se registraron un total de 3.534 convenios, que afectaron a 7.989.900 trabajadores y contemplaban una jornada laboral media de 1.749,5 horas anuales.

Del total de convenios registrados, 2.607 eran de empresa, con efectos sobre 719.300 trabajadores, y 927 tenían ámbito sectorial, con cobertura sobre 7.270.700 trabajadores.

La subida salarial pactada en los convenios de empresa alcanzó en los nueve primeros meses del ejercicio el 2,90%, frente al 3,57% de los convenios sectoriales. No obstante, también es menor la jornada laboral en los primeros (1.711,7 horas anuales) que en los segundos (1.753,2 horas).

Por sectores de actividad, el mayor incremento salarial acordado hasta septiembre correspondió a la construcción (3,65%), seguido de los servicios (3,56%), la industria (3,40%) y la agricultura (3,20%).

En cuanto a la jornada media por trabajador, los convenios de agricultura tienen pactadas 1.771,5 horas anuales; los de industria, 1.750,9 horas; los de servicios, 1.747,6 horas, y los de construcción 1.745,7 horas.

La negociación colectiva se rige por el Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (ANC) para 2008 consensuado por CC.OO., UGT y CEOE y Cepyme y que, entre otras cosas, trata de favorecer la moderación salarial.

Así, este acuerdo recomienda que las subidas salariales se pacten en función de tres variables: la previsión oficial de la inflación (2%), el reparto negociado de la productividad y la inclusión de cláusulas de revisión salarial para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo.

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