Economía.- El Gobierno aprueba la retirada del visado colegial obligatorio y estima un ahorro de 815 millones de euros

Actualizado: viernes, 30 julio 2010 17:09

MADRID, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se elimina el visado colegial obligatorio, lo que rebajará en 815 millones de euros los costes anuales de empresas y particulares, que actualmente se sitúan en 932 millones de euros, según estimaciones del Ministerio de Economía y Hacienda.

Este ahorro afecta tanto a los costes directos (lo que los colegios ingresan por este concepto) como indirectos (cargas administrativas asociadas a la preparación y tramitación de los documentos). El 70% del ahorro proviene de la reducción de las cargas para los profesionales.

El número de trabajos profesionales que deberán ser visados de forma obligatoria pasa de las más de ochenta categorías actuales a un total de nueve. La reducción de las cargas administrativas será de un 20% hasta 2012 y de un 50% hasta 2020.

El visado obligatorio se aplicará a la edificación, concretamente, a los proyectos de ejecución y sus certificados finales de obra, incluso cuando se presenten para legalización de edificaciones ya realizadas.

También habrá visado para los proyectos de demolición. Para la minería y explosivos se requiere visado para proyectos de apertura de explotaciones mineras y de voladuras, así como para los proyectos de fábricas y depósitos de explosivos y pirotécnica y cartuchería.

Para estos casos, el real decreto considera necesario el visado por tratarse de trabajos profesionales que afectan a la seguridad e integridad física de las personas.

En los casos de visado obligatorio, el régimen regulatorio prohíbe los visados parciales y los visados diferidos en el tiempo, garantizando la libre prestación de servicios de los profesionales comunitarios y evitando duplicidades cuando interviene la oficina de supervisión de proyectos en el ámbito de la contratación pública.

El resto de trabajos profesionales que fueron analizados, y sobre los que se concluyó que debía primar la libertad de elección del cliente y no exigir el visado obligatorio, sino voluntario, son casos en los que no concurren simultáneamente los principios de necesidad y proporcionalidad.

Para los casos en que el visado no sea obligatorio, los clientes siempre podrán solicitar voluntariamente el visado. Además, los colegios siempre podrán ofrecer a sus colegiados y a los consumidores servicios de asistencia técnica con mayor valor añadido.

La aprobación de este real decreto tiene como objetivo impulsar la convergencia de la regulación de los servicios profesionales en España con la de las economías más avanzadas de la Unión Europea, donde no existe esta figura.