Economía.- (Ampliac.) La Audiencia Nacional absuelve a Durán y los 7 acusados por supuestas irregularidades en Telecinco

Actualizado: jueves, 19 abril 2007 16:23

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió hoy al ex presidente de la Once Miguel Durán y los otros siete acusados de delitos fiscales y de falsedad imputados por la Fiscalía por supuestas irregularidades cuando estaban al frente de la gestión de la cadena de televisión Telecinco.

Los otros absueltos son el empresario Javier de la Rosa, el ex vicepresidente de Telecinco Santiago Muñoz Machado, el ex secretario general Juan Carlos López Cid-Fuentes, el ex consejero delegado Alfredo Messina, los empresarios Rafael Alvarez-Buiza y Angel Medrano y el antiguo abogado de Finninvest Giovanni Acampora.

La Fiscalía consideraba que los acusados habían violado la Ley de Televisión Privada que establece que ninguna persona física o jurídica puede ser titular directa o indirectamente de más del 25 por 100 del capital de una sociedad concesionaria.

Las acciones de la empresa Gestevisión Telecinco se repartieron inicialmente de la siguiente manera: un 25 % lo adquirió la ONCE, a través de Divercisa; ese mismo porcentaje lo adquirió el Grupo Anaya, a través de Cecisa, presidida por Germán Sánchez Ruiperez; el grupo italiano presidido por el ex primer ministro Silvio Berlusconi Finninvest adquirió otro 25%; Promociones Calle Mayor adquirió un 10% y un 15% Juan Fernández Montreal.

Antes del inicio de las emisiones de la cadena surgieron discrepancias entre los socios que llevaron al abandono de la sociedad de Sánchez Ruiperez y de Fernández Montreal. Para el proceso de venta del porcentaje accionarial de ambos se diseña una fórmula de ventas indirectas consistente en el traspaso de las acciones a sociedades que no tuviesen otro contenido.

Después se podía ir transmitiendo las acciones sin necesidad de autorización ministerial y simplemente con comunicación del cambio de socios a la sociedad tenedora. Las opciones de compra concedidas sobre ésta, a favor de los socios de Gestevisión, permitían que controlasen la entrada de nuevos socios para evitar hostilidad a la política de funcionamiento de la cadena.

En años posteriores las acciones de Telecinco se fueron vendiendo a otros socios siguiendo la misma fórmula para sacar a la venta las acciones.

Según la sentencia hecha pública hoy la Sección Primera de la Audiencia Nacional no ha encontrado pruebas de delito en el entramado negocial de la sociedad, elaborado en opinión de la Fiscalía para solapar una violación de la Ley de Televisión Privada y la Ley Tributaria con objeto de defraudar a Hacienda.

La Sala entiende que los contratos "reflejan unos acuerdos que no se consideran contrarios a la ley y que tratan de adaptarse al requisito de la autorización administrativa, configurada como condición suspensiva, incluso en las ventas indirectas"

Respecto al fraude fiscal, el tribunal destaca en su resolución que el Ministerio Fiscal basa principalmente su acusación en las pruebas de los informes periciales realizados por los Inspectores de Hacienda. "La valoración del Tribunal no puede estar apoyada en la valoración que los peritos hagan sino en su propia percepción", indica la sentencia que añade que las consecuencias tributarias que se recogen en los informes de los peritos "carecerán de eficacia si el resto de las pruebas no confirma a juicio del Tribunal la existencia real del hecho imponible".

En cuanto a adquisición por parte de Divercisa, presidida por Miguel Durán del 10 % de las acciones de las acciones de Telecinco vendidas por González Montreal, lo que hubiera supuesto la superación del 25 % legal establecido por la ley, el tribunal ha considerado que tampoco puede estimarse probado ya que el contrato de 20 de enero de 1990 por el que se realizó el traspaso no recoge "una compraventa sino un mandato".

A este respecto la sentencia destaca, no obstante, que las condiciones del mencionada mandato "son particulares" al igual que "el negocio subyacente". Durán, se enfrentaba a una solicitud de pena de 14 años de prisión y multas de 103 millones de euros por presuntos delitos fiscales.

Sobre Durán pesaba, además la acusación de que Divercisa era una empresa vinculada a Promociones Calle Mayor, extremo que el tribunal también ha desechado.

DESVÍO DE FONDOS A LA ONCE

Las acusaciones consideraban también que la empresa Divercisa fue creada por Durán con objeto de desviar "ingentes cantidades de dinero de la ONCE" y "eludir tributos". No obstante, según la sentencia no cabe estimar este desvío ya que la ONCE "es un organismo exento del pago de tributos".

El tribunal ha rechazado, además, la imputación de un fraude fiscal a Gestevisión Telecinco por la introducción como gasto necesario para obtener ingresos de las comisiones pagadas a Publiespaña y la desgravación del importe del IVA que la empresa de publicidad le facturaba por ese concepto. No considera probada la "base fáctica" en la que se apoyaba la imputación y por ello considera que no cabe estimar la existencia de defraudaciones.

En este mismo procedimiento el instructor del caso, el juez Baltasar Garzón, se vio obligado a dejar en suspenso las imputaciones existentes contra Silvio Berlusconi por su condición de primer ministro italiano. Berlusconi era el presidente del grupo italiano Finninvest, con participación en Telecinco.