MADRID 2 Jul. (EUROPA PRESS) -
El transporte es el servicio que más quejas de los consumidores provoca durante el verano, con siete de cada diez consultas de los ciudadanos, seguido del alojamiento y la hostelería, con un 30 por ciento, según datos de la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes (FUCI), a raíz de las más de 20.000 protestas de los usuarios recibidas en el verano de 2006, un 8% más que el anterior.
El medio de transporte que más quejas recibió es el avión (65%), el tren (20%), el barco (9%) y el autobús (6%). En relación al alojamiento, los hoteles provocan más problemas que el alquiler de los apartamentos, al igual que el número de inconformidades es mayor en los restaurantes que en los bares y las cafeterías.
En este sentido, FUCI recomienda a los consumidores que, por el hecho de estar de vacaciones, no renuncien a exigir calidad, prestaciones y derechos. Para ello, pone a disposición de los ciudadanos la 'Guía de los Derechos del Viajero', con consejos sobre cómo actuar y defender sus derechos cuando se producen problemas con el transporte, el alojamiento o la hostelería durante sus vacaciones.
Por ejemplo, en caso de 'overbooking' o denegación de embarque, FUCI asegura que la compañía debe reembolsar íntegramente el billete, conducirle lo más rápido hasta su destino o llevarle en una fecha posterior, además de tener derecho a una indemnización de entre 250 a 600 euros, cantidades que se reducen a la mitad cuando el retraso no supere las dos, tres o cuatro horas.
En caso de retraso del vuelo (según tiempo y distancia), los consumidores pueden exigir comida y bebida gratis, realizar llamadas telefónicas o enviar mensajes vía fax o 'e-mail' o alojamiento, si el vuelo se retrasa hasta el día siguiente, entre otros derechos. En caso de cancelación, la compañía debe ofrecer la devolución del importe del billete y conducirle al destino final lo antes posible o el alojamiento si debe pernoctar.
En caso de pérdida del billete, esta organización de consumidores aconseja en un comunicado contactar inmediatamente con la compañía aérea o agencia de viajes. Si se decide anular un billete, la Federación de Usuarios y Consumidores Independiente explica que se puede perder entre un 25 por ciento y la totalidad del precio de éste.
INDEMNIZACIONES POR RETRASO EN EL TREN.
Para el tren, expone las distintas indemnizaciones desde el 25% al 100% del coste del billete dependiendo del retraso y siempre que sea más de una hora. Sobre trayectos en barco, subraya que por pérdida o deterioro del equipaje, el usuario tiene derecho a una indemnización, igual que si resulta dañado el vehículo y en autobús, la empresa está obligada a indemnizar con una cantidad máxima de 14,5 euros por kilogramo hasta un máximo de 30 kilogramos.
Respecto a viajes combinados (transporte y alojamiento), FUCI subraya que por cancelación el viajero tiene derecho al reembolso de lo pagado o a un viaje equivalente o superior, así como a una indemnización salvo que el número de personas inscritas sea inferior al previsto y así se comunique por escrito con antelación o existan razones de fuerza mayor.
En el caso de no prestación de servicios contratados, el organizador podrá ofrecer la continuación del viaje sin suplemento alguno o en su caso abonar el importe de la diferencia entre el servicio previsto y el suministrado. Además de informar de que la subida de precios por aumento del carburante está permitido por ley, garantiza que se puede ceder su reserva a otra persona comunicándolo por escrito con una antelación mínima de 15 días.