Economía/Empresas.-El TUE condena por primera vez a la CE a indemnizar a una empresa prohibirle indebidamente una fusión

Actualizado: miércoles, 11 julio 2007 13:19

BRUSELAS, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (TUE) condenó hoy a la Comisión Europea a indemnizar a la compañía francesa de componentes eléctricos Schneider por haberle prohibido indebidamente la fusión con su rival Legrand. La sentencia, que no tiene precedentes, no fija el importe de la indemnización pero sí los criterios para calcularla.

Schneider había pedido en su recurso ante el TUE una indemnización de 1.663 millones de euros y un 4% de intereses sobre esa cantidad desde 2002, aunque todo apunta a que el importe será inferior porque la sentencia rechaza algunos de los argumentos presentados por la empresa francesa.

El caso se remonta al año 2001, cuando el Ejecutivo comunitario declaró la fusión entre Schneider y Legrand incompatible con el mercado común al considerar que obstaculizaba la competencia en el mercado francés. Las dos empresas ya habían completado el proceso de concentración, por lo que Bruselas ordenó en enero de 2002 Schneider separarse de Legrand.

Schneider interpuso un recurso de anulación pero al mismo tiempo firmó con el consorcio Wendel/KKR un contrato para cederle Legrand que debía ejecutarse como muy tarde el 10 de diciembre de 2002. En octubre de ese año, el Tribunal de Primera Instancia de la UE anuló la decisión del Ejecutivo comunitario de prohibir la fusión al considerar que se había vulnerado el derecho de defensa de Schneider.

La Comisión inició de nuevo el examen de la operación pero Schneider acabó renunciando a la misma por las dudas que seguía generando en Bruselas y ejecutó el 10 de diciembre de 2002 el contrato de cesión de Legrand celebrado con Wendel/KKR. Al mismo tiempo, interpuso un nuevo recurso de indemnización ante el TUE para obtener una reparación al perjuicio sufrido a causa de la ilegalidad de la decisión del Ejecutivo comunitario.

En su sentencia, el Tribunal de Primera Instancia llega a la conclusión de que la vulneración del derecho de defensa de Schneider por parte de la Comisión, que ella misma reconoce que se ha producido, "acarrea una obligación de reparar sus consecuencias perjudiciales".

En concreto, según el TUE, Schneider tiene derecho a ser indemnizada por dos perjuicios económicos. El primero corresponde a los gastos realizados para que la Comisión analizara de nuevo la fusión tras las anulaciones dictadas por el Tribunal de Luxemburgo en octubre de 2002. El segundo perjuicio corresponde a la reducción del precio de cesión que Schneider tuvo que conceder a Wendel/KKR para obtener un aplazamiento del efecto de la cesión.

Las partes deberán comunicar al Tribunal de Primera Instancia el importe del primer perjuicio en un plazo de tres meses a partir de que la sentencia. El segundo perjuicio será evaluado por vía pericial.