Las multas por no firmar contrato con los productores lácteos podrán llegar a los 10.000 euros

Vacas
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 11 febrero 2015 18:02

El plazo de prescripción de las infracciones a la Ley de la Cadena Alimentaria comenzará a contar en el momento de cometer la infracción

MADRID, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

Las multas por no firmar un contrato obligatorio con los productores lácteos o por ofrecer un modelo "insuficiente" o fuera de plazo conllevará multas que podrán llegar a los 10.00 euros, tal y como se recoge en la propuesta de régimen infractor y sancionador en este sector que el PP ha presentado como enmienda al proyecto de ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.

Del medio centenar de propuestas parciales a dicha normativa que los grupos parlamentarios han registrado en el Congreso una docena corresponde al PP, cuya mayoría absoluta garantiza que sus enmiendas sean aprobadas en la Comisión de Agricultura que el próximo 10 de marzo tramitará esta norma con competencia legislativa plena, enviándola tras su votación al Senado.

Así, una de las enmiendas 'populares', que recoge Europa Press, defiende que ante el fin de la cuota láctea el próximo 1 de abril es necesario regular un régimen sancionador por los incumplimientos que se puedan derivar de las nuevas obligaciones sobre declaraciones obligatorias de compra de leche cruda y de contratos.

Un sistema cuya regulación se está preparando pero que requiere de una referencia de rango legal, por lo que el PP ha decidido aprovechar la actual tramitación de la ley de Denominaciones de Origen para introducir este régimen sancionador, que será aplicable en todas las comunidades autónomas salvo las que tienen uno específico.

HASTA 10.000 EUROS DE MULTA

Así, serán infracciones leves no presentar las declaraciones obligatorias de compra o presentar declaraciones incompletas o inexactas de entregas si el productor no comercializa más de 150 millones de kilos de leche cruda de vaca al año o más de 15 millones si la leche es de oveja o cabra. En caso de que se superen estas cantidades las infracciones serán graves.

También será infracción leve no acreditar documentalmente el origen o destino de la leche cruda si se comercializa hasta un millón de kilos en el caso de las vacas o hasta 100.000 kilos en el caso de las ovejas y las cabras, convirtiéndose la infracción en grave si se superan esas cifras.

Además, no conservar la documentación justificativa de entregas durante el plazo obligatorio será faltas leves, lo mismo que retrasarse más de tres días del plazo legal en la presentación de las declaraciones. Si dicho retraso es "reiterado" --es decir, se da tres o más veces durante un año natural-- le falta será grave.

No atender a los requerimientos de la administración competente tendrá consideración de infracción leve pero si hay "resistencia, excusa o negativa a sus actuaciones" en materia de gestión y control de las declaraciones la falta se tipificará como grave.

Habrá infracción muy grave cuando concurran dos o más infracciones graves en el mismo año natural o cuando no se esté inscrito en el registro de primeros compradores de leche.

Las sanciones para las infracciones leves irá de 200 a 1.000 euros, las graves oscilarán entre 1.001 y 6.000 euros, y las muy graves llegarán de los 6.001 a los 10.000 euros.

El incumplimiento del deber de información en el ámbito de los contratos lácteos --ausencia de comunicación, falsedad, insuficiencia, inexactitud, retrasos-- y el incumplimiento en materia de oferta obligatoria de contrato --ausencia, presentación fuera de plazo, insuficiencia de contenido-- se equipararán a las infracciones relativas a las declaraciones obligatorias tanto en la tipificación de las conductas como en las multas que llevan asociadas.

PROTEGER EL VINAGRE, EL BRANDY Y LOS ORUJOS

Más relacionada con las denominaciones de origen (DOP) y las indicaciones geográficas protegidas (IGP), los 'populares' también presentan una enmienda para asegurarse de que los productos derivados de la uva y el vino --vinagre de vino, vinos aromatizados, brandy, aguardiente de orujo o mosto-- sigan bajo la protección de la Ley de la Viña y del Vino, de 2003, que es "más amplia" que la prevista en el proyecto de ley actualmente en tramitación.

Además, el PP incluye una enmienda para "delimitar el uso" de términos referidos al método de producción ecológico, de modo que sólo se puedan utilizar en las etiquetas, publicidad, presentaciones o documentos comerciales si los fertilizantes, acondicionadores de suelo, nutrientes, plaguicidas y productos fitosanitarios cumplen los requisitos establecidos en el reglamento comunitario sobre Producción y etiquetado de productos ecológicos.

"En la actualidad existen preparados comerciales en cuyo etiquetado o publicidad se hace referencia a la agricultura ecológica, aun cuando su producción no está regulada en los reglamentos de la UE. Esto se debe a una falta de homogeneidad en la aplicación de los reglamentos", explica el PP, que pretende así "delimitar" el uso de estos términos y "clarificar" el procedimiento sancionador en caso de incumplimiento, remitiéndose al previsto en la Ley de la Viña y el Vino.

ENMIENDAS TÉCNICAS

El resto de enmiendas 'populares' son eminentemente técnicas, con precisiones como que entre las funciones de las entidades de gestión de las DOP y las IGP se incluya emitir certificados de producto u operador o cualquier otra derivada de los pliegos de condiciones, o la derogación del término 'vino de pago calificado'.

Finalmente, se modifica la Ley de la Cadena Alimentaria, aprobada en agosto de 2013, para "aclarar que no todas las competencias de control oficial" quedan en manos de la Agencia de Información y Control Alimentarios, ya que algunas recaen en el Ministerio de Agricultura; y para precisar que los plazos de prescripción de las infracciones empiezan a contar el día en que se cometiera la infracción o desde el momento en que cesara si era continuada.

El objetivo de este cambio, argumenta el PP, es ampliar los plazos para dar "mayor eficacia" a las tareas de inspección e instrucción de sanciones, ya que en el año y medio que lleva en vigor la Agencia "se ha constatado que las denuncias se reciben pasado el tiempo desde que se cometió el hecho denunciado, por lo que deja poco, e incluso en algunos casos ningún, margen a la Agencia para poder iniciar actuaciones".

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