Actualizado 13/12/2009 00:41

Sáhara.- Un juzgado de Las Palmas avala la entrada y la prohibición de salida de Haidar

ARRECIFE, 12 Dic. (EUROPA PRESS) -

La jueza María del Carmen Monte, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas, avaló en un auto con fecha del 4 de diciembre la actuación de la Policía al dejar entrar y, posteriormente, impedir la salida de la activista saharaui Aminetu Haidar atendiendo a la Ley de Extranjería y el acuerdo Schengen.

Asimismo, la jueza desestima conceder a Haidar la medida cautelar que solicitaba y que la habilitaría para su retorno inmediato a El Aaiún por considerar que no se acredita urgencia, y remite a la activista a la resolución de la denuncia principal y a su procesamiento por la vía convencional, según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press.

El auto apoya la tesis del abogado del Estado por la que el Cuerpo Nacional de Policía "manifiestan que el permiso de residencia es un título válido para autorizar la entrada en territorio español, pero no puede ser considerado como un título de viaje válido a los efectos de autorizar la salida del territorio nacional con destino a un tercer Estado", conforme al artículo 25.5 de la Ley Extranjería y el punto 5.4a del Código Schengen.

Aunque la legislación española "permite la salida de España con documentación defectuosa o incluso sin ella, al mismo tiempo establece la facultad discrecional de los servicios policiales de control de valorar la oportunidad o conveniencia de permitir la salida en tales condiciones".

Asimismo destaca que no se pueden obviar "las especiales circunstancias que concurren en el presente caso, en el que es público y notorio, la voluntad de las autoridades marroquíes de impedir la entrada de la recurrente a dicho país", por lo que recuerda el "riesgo de que se produzca la situación descrita por el Abogado del Estado como 'viaje en órbita'", es decir, en una situación de limbo legal.

SALIDA INMEDIATA

En la resolución se especifica, por otra parte, que no existía vía de hecho "con evidencias necesarias para adoptar la medida cautelar" que pide la activista para su retorno inmediato y argumenta que no se ha acreditado urgencia que justifique esta medida cautelar ni la prohibición de salida de territorio español. Así, la jueza remite a la resolución de la denuncia principal realizada con anterioridad por la activista por vulnerar su derecho a la libre circulación, entre otros.

Al respecto, la abogada de Haidar, Inés Miranda, destacó que no es una sentencia definitiva, y que no tiene que ver con la denuncia principal.

Desde la Plataforma de Apoyo a Aminetu Haidar insisten en que no se trata de un dictamen definitivo y sostienen que la resolución contradice al Ministerio Fiscal, que pidió al igual que la demandante la adopción de estas medidas cautelares, a las que sólo se opuso el abogado del Estado.