La Generalitat ejercitará la acción popular en el último caso de violencia de género en Castellón

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 27 marzo 2009 17:57

VALENCIA 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía General de la Generalitat valenciana ejercitará ante la jurisdicción competente la acción popular en el caso relacionado con el último asesinato de una mujer, presunta víctima de violencia de género, en Castellón, según indicó el vicepresidente del Consell, Vicente Rambla, en una rueda de prensa posterior al pleno del Consell.

Rambla explicó que la el Consell ha autorizado a la Abogacía a ejercitar esta actuación, ante el caso de la mujer hallada muerta en Castellón, el pasado 22 de marzo, supuestamente estrangulada a manos de su compañero sentimental.

El vicepresidente del Consell explicó que este suceso "no sólo constituye un caso de violencia de género, sino que también es un problema de ámbito social público de interés general, que obliga a los poderes públicos a actuar de una manera activa, con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos".

La Ley 9/2003 de la Generalitat para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, dispone en su artículo 36, que la conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell de la Generalitat, el ejercicio de la acción popular, a través del Gabinete Jurídico de la Generalitat o de abogadas/os colegiadas/os, en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunitat.

Por su parte, el Decreto 122/2007 del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, corresponde a ésta ejercer, entre otras, las competencias en materia de prevención y erradicación de la violencia, con especial atención a la ejercida sobre la mujer.

La Ley 10/2005 de Asistencia Jurídica de la Generalitat dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat integrados en la Abogacía General la representación y defensa en juicio de la Generalitat.

Asimismo, de acuerdo con esta ley, los abogados de la Generalitat no pueden iniciar acción alguna en nombre de la Generalitat sin estar previamente autorizados a ello por la autoridad competente, siendo el Consell una de las autoridades competentes para el otorgamiento de las autorizaciones.

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