Actualizado 02/02/2009 19:05

Ratificada la condena para el conductor de una furgoneta donde murieron tres inmigrantes asfixiados

CÁDIZ, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ratificó la condena puesta por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras, de ocho años de prisión para el conductor de una furgoneta en la que viajaban varios inmigrantes ocultos en un doble de los cuales murieron tres y fueron abandonados en la cuneta de la A-7 a la altura del término municipal de San Roque junto a un cuarto con síntomas de hipotermia y asfixia.

La sentencia del Supremo a la que tuvo acceso Europa Press, rechaza el recurso de casación presentado por el condenado al considerar suficiente y razonada debidamente la prueba que tuvo en consideración la Sala sentenciadora, así como que carece del más "mínimo fundamento" el recurso presentado por realizar una prueba testifical mediante videoconferencia.

Otro de los motivos de recurso por parte del condenado fue por la indebida aplicación del artículo 142 del Código Penal, por el que se le imputó el delito de homicidio imprudente.

En este sentido, el condenado manifestó que "el fallecimiento de los tres inmigrantes ilegales cuyo destino era territorio nacional, aunque era un desenlace evitable, era absolutamente imprevisible, dado, por un lado, las precauciones tomadas para evitarlo y, por otro, partiendo de que si dicha circunstancia se producía él no recibía por su arriesgada labor lo pactado ex ante con cada uno de los transportados".

Un planteamiento que también fue rechazado por la Sala de lo Penal del Supremo y que el Ministerio Fiscal calificó como algo "repugnante", al "subordinar la imprevisibilidad del resultado a no percibir lo pactado por el transporte".

La Sección Séptima de la Audiencia con sede en Algeciras condenó en mayo de 2008 a M.H. como responsable en concepto de autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, de tres delitos de homicidio por imprudencia, un delito de lesiones por imprudencia grave y un delito de omisión del deber de socorro a la pena de ocho años de prisión.

La Audiencia consideró como hecho probado que M.H. organizó un viaje desde Marruecos a España, cruzando desde Tánger a Algeciras en barco, en una furgoneta con seis inmigrantes ocultos en un doble fondo. Así, una vez ya en la carretera A-7 escucharon quejas y al abrir el habitáculo donde se encontraban los inmigrantes ilegales comprobaron que tres habían fallecido y uno estaba con síntomas de asfixia en estado grave, por lo que fueron abandonados en la cuneta de la carretera.